INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2025
- Repertorio
- 490-2025
- Notario
- Jorge Maximiliano Rivas Unzueta
- Domicilio
- Octavio Francisco Gutiérrez López
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.366.920 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Maximiliano Rivas Unzueta, Abogado, Notario Público Suplente de Octavio Francisco Gutiérrez López, Abogado, Notario Público Titular de la 30ª Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O`Higgins 980, oficinas 134-135-148, Santiago, Región Metropolitana, certifico que, por escritura pública otorgada ante el titular don Octavio Francisco Guitiérrez López, con fecha 31 de enero de 2025 Repertorio Nº 490-2025; HÉCTOR RICARDO ALCAÍNO MÉNDEZ, JAVIERA ANDREA ALCAÍNO GASEP, PABLO IGNACIO ALCAÍNO GASEP, todos domiciliados en avenida Las Acacias número 821, San Bernardo, Región Metropolitana: 1) Dividieron la sociedad INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA en dos sociedades; INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA y GALAXIA EVENTOS LIMITADA; con efecto contable el 01 de enero de 2025, manteniendo los socios los mismos porcentajes de participación en ambas sociedades; permaneciendo INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA, como la sucesora a título universal de todos los derechos y obligaciones que la sociedad INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA, poseía y tenía con terceros, incluyendo las obligaciones fiscales y tributarias, en cumplimiento del artículo 69 y siguientes del Código Tributario, siendo la nueva sociedad o escindida responsable solidaria respecto de estas últimas obligaciones, en concordancia con dicha normativa. Luego, INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA asignará activos a la sociedad que nace, GALAXIA EVENTOS LIMITADA, los que serán singularizados en escritura pública separada y que constituyen el capital inicial de esta última; de esta forma los patrimonios de ambas sociedades, practicada la división, quedan como sigue: INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA. Capital pagado: $1.366.920.111; Revalorización de Capital Propio: $1.947.161.422; Resultado Acumulado: $425.371.625; TOTAL PATRIMONIO: $3.739.453.158. GALAXIA EVENTOS LIMITADA. Capital pagado: $851.129.581. TOTAL PATRIMONIO: $851.129.581. Como consecuencia de la división social, INVERSIONES R. ALCAÍNO LIMITADA disminuye su capital de $2.218.049.692 a $1.366.920.111, razón por la cual los socios modifican la cláusula QUINTO de los estatutos sociales, quedando como sigue: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de un mil trescientos sesenta y seis millones novecientos veinte mil ciento once pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: Uno) Don Héctor Ricardo Alcaíno Méndez, aporta la suma de un mil trescientos sesenta y un millones cuatrocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos treinta y un pesos, enterados con anterioridad, que corresponde a su participación en el capital social de noventa y nueve coma seis por ciento de los derechos y haberes sociales. Dos) Doña Javiera Andrea Alcaíno Gasep, aporta la suma de dos millones setecientos treinta y tres mil ochocientos cuarenta pesos, enterados con anterioridad, que corresponde a su participación en el capital social de cero coma dos por ciento de los derechos y haberes sociales. Tres) Don Pablo Ignacio Alcaíno Gasep, aporta la suma de dos millones setecientos treinta y tres mil ochocientos cuarenta pesos, enterados con anterioridad, que corresponde a su participación en el capital social de cero coma dos por ciento de los derechos y haberes sociales.” En lo no modificado rigen estipulaciones contenidas en las escrituras sociales anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. 2) HÉCTOR RICARDO ALCAÍNO MÉNDEZ, JAVIERA ANDREA ALCAÍNO GASEP, PABLO IGNACIO ALCAÍNO GASEP, acuerdan constituir, como consecuencia de la división pactada, y aprobar los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada que nace, con la razón social “GALAXIA EVENTOS LIMITADA”, cuyo objeto será: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, la realización de inversiones de toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, debentures, bonos, efectos de comercio, y toda clase valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, servir de agente, representante, comisionista o mandatario de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, la prestación de servicios financieros, comerciales, administrativos y de asesoría, la adquisición y enajenación y explotación, en cualquier forma de toda clase de bienes raíces y muebles, efectuar, administrar y disponer, en cualquier forma, de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia y ajena, y en general, la realización de toda clase de actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto de la sociedad y cualquier otro negocio que los socios convengan. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a HÉCTOR RICARDO ALCAÍNO MÉNDEZ. El capital de la sociedad es la suma de $851.129.581, que los socios han aportado y enterado en arcas sociales en la siguiente proporción según se ha expuesto: Uno) Don Héctor Ricardo Alcaíno Méndez, aporta la suma de $847.725.063, enterados con anterioridad, que corresponde a su porcentaje de participación en el capital social del 99,6% por ciento de los derechos y haberes sociales. Dos) Doña Javiera Andrea Alcaíno Gasep, aporta la suma de $1.702.259, enterados con anterioridad, que corresponde a su porcentaje de participación en el capital social del 0,2% de los derechos y haberes sociales. Tres) Don Pablo Ignacio Alcaíno Gasep, aporta la suma de $1.702.259, enterados con anterioridad, que corresponde a su porcentaje de participación en el capital social del 0,2% de los derechos y haberes sociales. Cada una de las sumas señaladas fueron enteradas mediante la especificación de los derechos preexistentes respectivos, consecuencia de la división de la sociedad pactada. La sociedad rige desde la fecha de la escritura y durará por 5 años, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social no menos de 3 meses antes de la fecha de término. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada.