CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD MÉDICA SALAZAR SpA

RUT 25615308-4 CVE 2623086
Capital
$230.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de marzo de 2025

Instrumento

Fecha
12 de marzo de 2025
Repertorio
1352-2025
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría

Sociedad

Capital
$230.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) prestación de servicios médicos, ya sean hospitalarios, quirúrgicos, radiológicos o farmacéuticos; b) compraventa, arrendamiento, importación, comercialización, distribución y representación de toda clase de equipos relacionados a servicios médicos; c) promoción, ejecución, y desarrollo de todo tipo de actividades directa o indirecta con el área de la salud; d) atención médica integral en diversas especialidades, tanto en consultorios como en hospitales; e) La realización de diagnósticos, tratamientos y procedimientos médicos; f) la promoción de la salud y prevención de enfermedades a través de programas educativos y campañas de concientización; g) la investigación y desarrollo en el área de la salud, así como la implementación de nuevas tecnologías y tratamientos; h) la venta y distribución de productos médicos y farmacéuticos, así como la gestión de insumos y equipos médicos; i) la formación y capacitación de profesionales de la salud; y j) efectuar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Asimismo, la Sociedad podría realizar cualquier otra actividad relacionada con el objeto social y que los accionistas acuerden

Administración

Corresponderá a Yamid Samir Salazar Villalobos, quien tendrá las más amplias facultades de administración indicadas en el estatuto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en calle Avenida La Dehesa 1450, local 1, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública Repertorio 1352-2025, de fecha 12 de marzo de 2025, ante mí: don Yamid Samir Salazar Villalobos, cédula de identidad N° 25.615.308-4, domiciliado en Calle Riesling N° 5178, condominio Mirador de la Viña Planella, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones, fijando sus estatutos sociales de los cuales se extracta: Nombre: “SOCIEDAD MÉDICA SALAZAR SpA”.- Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) prestación de servicios médicos, ya sean hospitalarios, quirúrgicos, radiológicos o farmacéuticos; b) compraventa, arrendamiento, importación, comercialización, distribución y representación de toda clase de equipos relacionados a servicios médicos; c) promoción, ejecución, y desarrollo de todo tipo de actividades directa o indirecta con el área de la salud; d) atención médica integral en diversas especialidades, tanto en consultorios como en hospitales; e) La realización de diagnósticos, tratamientos y procedimientos médicos; f) la promoción de la salud y prevención de enfermedades a través de programas educativos y campañas de concientización; g) la investigación y desarrollo en el área de la salud, así como la implementación de nuevas tecnologías y tratamientos; h) la venta y distribución de productos médicos y farmacéuticos, así como la gestión de insumos y equipos médicos; i) la formación y capacitación de profesionales de la salud; y j) efectuar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Asimismo, la Sociedad podría realizar cualquier otra actividad relacionada con el objeto social y que los accionistas acuerden. Capital: $230.000.000.-, dividido en 23 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan por don Yamid Samir Salazar Villalobos de la siguiente forma: a) con $220.000.000.-, correspondiente a 22 acciones que se suscriben y pagan al contado mediante el aporte en dominio del inmueble inscrito a fojas 2973 v N° 4694 del Registro de Propiedad del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto; b) con $10.000.000.-, correspondiente a 1 acción que se suscribe y paga al contado y en dinero efectivo, ingresando dicha suma a la caja social. Administración: Corresponderá a Yamid Samir Salazar Villalobos, quien tendrá las más amplias facultades de administración indicadas en el estatuto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de marzo de 2025.