RIPARO PRODUCCIONES AUDIOVISUALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2025
- Repertorio
- 1576-2025
- Notario
- Iván Torrealba Acevedo
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Administración
La administración, uso de la razón social, representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá individualmente a don RODRIGO HERNÁN JORDÁN FUCHS, quien anteponiendo la razón social a su firma, podrá representar y administrar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, y en especial, estén o no dentro del giro social. En caso de impedimento permanente o fallecimiento de don RODRIGO HERNÁN JORDÁN FUCHS lo que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la Sociedad recaerá en doña SOFÍA PAZ JORDÁN VALENZUELA, doña NATALIA ISABEL JORDÁN VALENZUELA y doña ELISA MAGDALENA JORDÁN VALENZUELA, quienes actuando en forma conjunta dos cualesquiera de ellas, anteponiendo la razón social a sus firmas podrán representar y administrar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración y disposición. Sea que administre el socio RODRIGO HERNÁN JORDÁN FUCHS en su calidad de administrador titular o sus subrogantes, podrán ejercer entre otras, las siguientes facultades”. En todo lo no modificado, continúan plenamente válidas y vigentes las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979 oficina 501, Santiago, certifico que por escritura pública de 30 de Enero de 2025, Repertorio N° 1.576-2025, ante mí, María Paz Valenzuela Pérez, cédula de identidad N° 9.268.758-9, domiciliada en María Monvel N° 1.570, comuna de La Reina y Rodrigo Hernán Jordán Fuchs, cédula de identidad N° 8.012.632-8, domiciliado en Reyes Lavalle N° 3.160, dpto. 165, comuna de Las Condes, modificaron sociedad “Riparo Producciones Audiovisuales Limitada”, inscrita fojas 18.159 N° 9.184 Registro Comercio de Santiago año 1989, en los siguientes términos: a) Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2025, Rep. N° 1.575-2024, otorgada en esta misma notaria, socia María Paz Valenzuela Pérez, debidamente autorizada por la justicia ordinaria y con el expreso consentimiento del otro socio Rodrigo Hernán Jordán Fuchs, donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, por mera liberalidad, el 50% de los derechos sociales que detenta sobre el capital de la Sociedad, de la siguiente forma: i) Cedió y transfirió a doña Sofía Paz Jordán Valenzuela, cédula de identidad N° 17.086.876-5, domiciliada en 3 Rue Eugène Labiche, 75116, Paris, Francia, la propiedad plena del 16,66666666666667% de los derechos sociales en la Sociedad; ii) Cedió y transfirió a doña Natalia Isabel Jordán Valenzuela, cédula de identidad N° 17.704.342-7, domiciliada en Alexandra Grove N° 3, Flat 5, Londres, código postal N42LG, Reino Unido, la propiedad plena del 16,66666666666667% de los derechos sociales en la Sociedad; e iii) Cedió y transfirió a doña Elisa Magdalena Jordán Valenzuela, cédula de identidad N° 18.636.531-3, domiciliada en Maria Monvel N° 1.570, comuna de La Reina, la propiedad plena del 16,66666666666667% de los derechos sociales en la Sociedad. A consecuencia de la cesión y donación de los derechos sociales, quedan como únicos socios: Rodrigo Hernán Jordán Fuchs con 50% de los derechos sociales, e incorporándose como nuevos socios Sofía Paz Jordán Valenzuela con 16,66666666666667% de los derechos sociales, Natalia Isabel Jordán Valenzuela con 16,66666666666667% de los derechos sociales y Elisa Magdalena Jordán Valenzuela con 16,66666666666667% de los derechos sociales, retirándose total y definitivamente de la sociedad la socia María Paz Valenzuela Pérez, quedando como únicos, actuales y exclusivos socios de la sociedad “Riparo Producciones Audiovisuales Limitada”: Rodrigo Hernán Jordán Fuchs con 50% de los derechos sociales, Sofía Paz Jordán Valenzuela con 16,66666666666667% de los derechos sociales, Natalia Isabel Jordán Valenzuela con 16,66666666666667% de los derechos sociales y Elisa Magdalena Jordán Valenzuela con 16,66666666666667% de los derechos sociales. b) Conforme a lo anterior, Rodrigo Hernán Jordán, Sofía Paz Jordán Valenzuela, Natalia Isabel Jordán Valenzuela y Elisa Magdalena Jordán Valenzuela en su calidad de únicos socios, acordaron reemplazar: i) Artículo Cuarto estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios han íntegramente pagado y aportado a la caja social con anterioridad en las siguientes proporciones: don RODRIGO HERNAN JORDÁN FUCHS, en un 50%; doña SOFÍA PAZ JORDÁN VALENZUELA, en un 16,66666666666667%; doña NATALIA ISABEL JORDÁN VALENZUELA, con el 16,66666666666667% y doña ELISA MAGDALENA JORDÁN VALENZUELA, con el 16,66666666666667%. Los aportes han ingresado en caja social a entera y reciproca satisfacción de los socios”; ii) Primer párrafo del Artículo Sexto por el siguiente: “Artículo Sexto: ADMINISTRACIÓN: La administración, uso de la razón social, representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá individualmente a don RODRIGO HERNÁN JORDÁN FUCHS, quien anteponiendo la razón social a su firma, podrá representar y administrar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, y en especial, estén o no dentro del giro social. En caso de impedimento permanente o fallecimiento de don RODRIGO HERNÁN JORDÁN FUCHS lo que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la Sociedad recaerá en doña SOFÍA PAZ JORDÁN VALENZUELA, doña NATALIA ISABEL JORDÁN VALENZUELA y doña ELISA MAGDALENA JORDÁN VALENZUELA, quienes actuando en forma conjunta dos cualesquiera de ellas, anteponiendo la razón social a sus firmas podrán representar y administrar a la Sociedad y hacer uso de la razón social con las más amplias facultades de administración y disposición. Sea que administre el socio RODRIGO HERNÁN JORDÁN FUCHS en su calidad de administrador titular o sus subrogantes, podrán ejercer entre otras, las siguientes facultades”. En todo lo no modificado, continúan plenamente válidas y vigentes las demás estipulaciones del estatuto de la Sociedad, especialmente la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Capital: $2.000.000. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 4 de Marzo del 2025.