MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES CUBO SpA

RUT 77029545-9 CVE 2623170
Fecha instrumento
14 de febrero de 2025
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2025
Repertorio
425/2025
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Oficio
Sexta Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de Concepción, oficio Colo-Colo Nº 304, certifico: por escritura pública de fecha 14.02.2025, Repertorio Nº 425/2025, ante mí, comparece: ELENA VILLA CRUZ, colombiana, fonoaudióloga, soltera, C.I. extranjero N° 21.413.861-7, domiciliada calle Los Sauces N° 790, Huépil, en representación de don DANIEL SANTIAGO FRANCO VILLA, colombiano, ingeniero comercial, soltero, C.I. extranjero N° 22.232.973-6, domiciliado calle Puerta del Sol N° 66, depto. 1.709, Las Condes, señala que en su calidad de representante legal, Administrador y único accionista de la sociedad por Acciones “INMOBILIARIA E INVERSIONES CUBO SpA.", nombre de fantasía “CUBO CITY HOSTEL SpA", Rol Único Tributario N° 77.029.545-9, domiciliado comercialmente en calle Lincoyán N° 54, depto 1.004, Concepción, constituida por escritura pública de fecha 2 de mayo de 2019 ante el Notario Público de Talcahuano don Gastón Ariel Santibáñez Torres, procediendo a ser publicado su extracto con fecha 7 de mayo de 2019 en el Diario Oficial e inscrita bajo el N° 847 a fojas 1.208 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Concepción del año 2019. Se modifica en los siguientes términos: a) Que, por escritura pública suscrita ante la Notaría Aburto de Concepción, de fecha 14 de febrero de 2025, la accionista doña Constanza Elena Villa Cruz, dejó de tener el carácter de accionista y formar parte integrante de la Sociedad, ya referida, ya que procedió a vender, ceder y transferir el 70% de las acciones suscritas, correspondiente a 35 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal a don Daniel Santiago Franco Villa, ya que como accionista constituyente tenía el 30% de las acciones suscritas de la sociedad correspondientes a 15 acciones. b) El socio debidamente representado manifiesta que en su calidad de único accionista de la sociedad con el cien por ciento de las acciones con derecho a voto, por la cesión de las acciones referidas, viene en modificar la cláusula quinta relativa a la Representación y Administración de los estatutos sociales, ya que él en su calidad de único accionista en forma exclusiva ejercerá el uso y el nombre de la presente sociedad y la administración general. El administrador anteponiendo el nombre de la sociedad o razón social a su firma, representará a la sociedad con las más amplias facultades y poderes descritos en cláusula Quinta de los estatutos sociales. c) En lo no modificado se mantiene de acuerdo a la escritura de constitución de la sociedad referida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Concepción, 04 de Marzo de 2025.- jhl