DAC Beachcroft Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2025
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
- Oficio
- 18° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.408.164 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número tres mil treinta y nueve, piso cinco, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 29 de enero de 2025, REPERTORIO 1.194 / 2025, ante mí, don Andrés Amunátegui Echeverría, y don Guillermo Juan Amunátegui Errázuriz, ambos por sí y por la sociedad denominada DAC BEACHCROFT LLP, y don Roberto Eugenio Ríos Ossa, todos con domicilio para estos efectos en esta ciudad, en calle El Golf número cuarenta, oficina mil cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad denominada DAC BEACHCROFT CHILE LIMITADA, sociedad con giro de prestación de servicios legales, constituida mediante escritura pública otorgada con fecha 12 de octubre del año 2012 e inscrita a fojas 73.535, número 51.100 del Registro de Comercio del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, como sigue: Uno. Se acordó el aumento del capital social desde la actual suma de $5.408.164 pesos a la nueva suma de $5.462.246 pesos, dicho aumento de capital, ascendente a la suma de $54.082 pesos, ha sido enterada por don Roberto Eugenio Ríos Ossa, siendo un nuevo socio de la sociedad. Dos. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el texto de la cláusula cuarta de los estatutos sociales, por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de cinco millones cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta y seis pesos, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los actuales socios o sus antecesores, mediante el aporte de dinero efectivo, y que les corresponde como sigue: a) a DAC Beachcroft LLP, en la suma de cinco millones trescientos mil pesos. Asimismo, DAC Beachcroft LLP aporta a la compañía su trabajo profesional o industria por intermedio de sus socios, asociados o colaboradores; b) a don Andrés Amunátegui Echeverría, en la suma de cincuenta y cuatro mil ochenta y dos pesos. Asimismo, don Andrés Amunátegui Echeverría aporta a la compañía su trabajo profesional o industria; c) a don Guillermo Juan Amunátegui Errázuriz, en la suma de cincuenta y cuatro mil ochenta y dos pesos. Asimismo, don Guillermo Juan Amunátegui Errázuriz aporta a la compañía su trabajo profesional o industria; y d) a don Roberto Eugenio Ríos Ossa, en la suma de cincuenta y cuatro mil ochenta y dos pesos. Asimismo, don Roberto Eugenio Ríos Ossa aporta a la compañía su trabajo profesional o industria.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de marzo de 2025.