MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS DOMÍNGUEZ LIMITADA

RUT 76364909-1 CVE 2622734
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de febrero de 2025
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2025
Notario
JESÚS OSSES REVECO
Oficio
Segunda Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Ley aplicable
ley 19.857

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JESÚS OSSES REVECO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, con domicilio en Cordovez 317, La Serena, certifica que por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2025 ante mí, WELLINGTONG ANTONIO DOMÍNGUEZ CAMPUSANO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. 15.594.896-5, y PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. 8.031.276-8; ambos domiciliados Miramar Poniente 449, Coquimbo, exponen: Que, vienen en transformar la sociedad de responsabilidad limitada, en sociedad por acciones, de acuerdo estatuto que señala: WELLINGTONG ANTONIO DOMÍNGUEZ CAMPUSANO y PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO, son los actuales socios de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS DOMÍNGUEZ LIMITADA”, también denominada “SERVICIOS DOM LTDA.”, Rol Único Tributario N° 76.364.909-1. Acto social original consta de escritura pública de 19 febrero 2014, otorgada ante el entonces Notario Público Titular de la Segunda Notaría de La Serena, Óscar Fernández Mora, sociedad que se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo a fojas 210 N°118 año 2.014, publicada en extracto en Diario Oficial con el número 40.797, de 03 marzo 2014. Por medio presente instrumento WELLINGTONG ANTONIO DOMÍNGUEZ CAMPUSANO vende, cede y transfiere a PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO sus participaciones en la mencionada sociedad, en suma total de $6.000.000.- dicha cantidad dinero pagada por PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO este mismo acto, contado y dinero efectivo. En virtud cesión anterior, PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO, queda como único socio de la SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS DOMÍNGUEZ LIMITADA”, fantasía “SERVICIOS DOM LTDA.” por lo que viene en transformarla en Sociedad por Acciones regida por las disposiciones de la ley 19.857 y demás normas pertinentes, la cual se va a regir por siguiente estatuto: El nombre de la sociedad será: “INVERSIONES Y SERVICIOS DOMÍNGUEZ SOCIEDAD POR ACCIONES, fantasía “SERVICIOS DOM SpA.” Su empresario, PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO, chileno, de 66 años de edad, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. 8.031.276-8, domiciliado en Miramar Poniente 449, Coquimbo. La empresa tendrá domicilio en la ciudad de Coquimbo, sin perjuicio de poner sucursales, agencias o representaciones en otros puntos del país o del extranjero. El objeto de la empresa será: el comercio, industria y servicios en general, construcciones, la producción, fabricación, distribución de todo tipo de muebles, importación, exportación, compra, venta y comercialización en el país y extranjero, toda clase de productos y mercaderías, bienes de capital y/o equipos y partes o repuestos de cualquier tipo, podrán también tomar representaciones de todas las marcas y todo objeto que el empresario acuerde en el futuro. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, incluso relacionado con la minería y formar sociedades o ingresar o salir de ellas. Además, podrá comprar bienes muebles e inmuebles, arrendar y subarrendar, comprar vehículos motorizados de todo tipo y marcas, el arrendamiento de vehículos, maquinarias y propiedades de bienes raíces e infraestructuras; la procuración de servicios y personal calificado y todo otro servicio que el empresario acuerde a futuro. Esta sociedad se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos, por la de los artículos cuatrocientos veinticuatro al cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, supletoriamente y solo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas y por las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la especie. El capital inicial de la sociedad será de $6.000.000.- dividido en seis mil acciones, nominativas, sin valor nominal, se suscribe y paga siguiente forma. PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO, suscribe 6.000 acciones por un valor de $6.000.000.- pagados este mismo acto. Dicho capital y valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho por el expresado en cada Balance aprobado por la Junta Ordinaria de Accionistas, resultante de la distribución de la revalorización de capital propio, sin necesidad de reformar los estatutos. Responsabilidad. Conforme lo dispone ley en cuestión, limito mi responsabilidad al monto capital aportado para la constitución de la presente sociedad. Sociedad empezará a regir esta fecha y tendrá duración indefinida. Administración y uso razón social recaerá en su constituyente, PEDRO DE LAS NIEVES DOMÍNGUEZ CASTILLO, quien anteponiendo su firma la obligará y tendrá las más amplias facultades de administración, señalada escritura constitutiva. En todo lo demás rigen íntegramente la escritura referida. La Serena, 12 de marzo 2025.