Instrumento
- Fecha
- 14 de febrero de 2025
- Repertorio
- 267-25
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Domicilio
- con oficio en Avenida Quilín N° 5283
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a doña ALEJANDRA ANDREA VEGA MORAGA. No se adjuntan facultades por ser materia no extractable
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública otorgada con fecha 14 de febrero de 2025, ante mí, con el repertorio N° 267-25, compareció: doña ALEJANDRA ANDREA VEGA MORAGA, de nacionalidad chilena, casada, educadora diferencial, cédula de identidad número 13.689.646-6, domiciliada en Luis Cousiño número 6170, departamento 112, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, quien constituyó sociedad por acciones: Razón Social: “VAC SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: será: /a/ La compra, venta, importación, exportación, comercialización, explotación, arrendamiento y distribución de todo tipo de maquinaria pesada, insumos, materiales, materias primas, repuestos para toda actividad que se relacione a maquinaria pesada. /b/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes corporales e incorporales, sean estos inmuebles o muebles, propios o de terceros, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, arrendarlos, subarrendarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; c) Invertir en efectos de comercio, valores y renta inmobiliaria, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, y debentures, letras hipotecarias, acciones y/o derechos cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedades de cualquier naturaleza, constituida o por constituirse, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzca al cumplimiento de este objetivo incluso formar sociedades y administrarlas, desarrollar inversiones financieras en el mercado de capitales de cualquier naturaleza; d) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; /g/ el desarrollo y explotación de todo tipo de negocio e inversiones y el percibir e invertir los frutos de inversiones y negocios sociales, pudiendo incluso comprar a objeto de constituir o formar parte en asociaciones o sociedades de cualquier tipo en dichos rubros.y /h/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna. Administración: El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a doña ALEJANDRA ANDREA VEGA MORAGA. No se adjuntan facultades por ser materia no extractable. Capital: El capital social asciende a la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga de la siguiente forma: doña ALEJANDRA ANDREA VEGA MORAGA, suscribe y paga 1000 acciones, lo que corresponde al total de las mismas, mediante aporte de la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), declarando la sociedad VAC SpA recibir dicha cantidad en dinero efectivo a su entera satisfacción, quedando de esta forma totalmente suscrito y pagado el capital social. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2025.