Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2025
- Repertorio
- 368-25
- Notario
- GUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ
- Domicilio
- con oficio en Avenida Quilín N° 5283
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la importación y comercialización de insumos eléctricos y electrónicos para corrientes débiles y construcción en edificios, automatización de accesos y en general, de toda otra actividad relacionada y cualquier otro objeto que los socios acuerden en la actualidad o en el futuro, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas, pudiendo celebrar todos los actos y contratos y ejecutar las actividades inherentes a propias de los objetos sociales o que digan relación con ellos y que sean conducentes al mejor cumplimiento de estos fines, sin que la enumeración siguiente sea taxativa, la sociedad además podrá realizar: /a) La compra, venta, importación, exportación, comercialización, explotación, arrendamiento y distribución de todo tipo de equipos y accesorios para la automatización de accesos. /b) Comprar, administrar y vender toda clase de bienes corporales e incorporales, sean estos inmuebles o muebles, propios o de terceros, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, arrendarlos, subarrendarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; c) Invertir en efectos de comercio, valores y renta inmobiliaria, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, y debentures, letras hipotecarias, acciones y)o derechos cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedades de cualquier naturaleza, constituida o por constituirse, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzca al cumplimiento de este objetivo incluso formar sociedades y administrarlas, desarrollar inversiones financieras en el mercado de capitales de cualquier naturaleza; d) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; /e) Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f) Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; /g) desarrollo y explotación de todo tipo de negocio e inversiones y el percibir e invertir los frutos de inversiones y negocios sociales, pudiendo incluso comprar a objeto de constituir o formar parte en asociaciones o sociedades de cualquier tipo en dichos rubros.y /h) En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna
Administración
El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a don CARLOS LORENZO ASTUDILLO PINO. No se adjuntan facultades por ser materia no extractable
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CARLOS SOLAR PÉREZ, abogado, Notario Público Titular con oficio en Avenida Quilín N° 5283, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública otorgada con fecha 5 de marzo de 2025, ante mí, con el repertorio N° 368- 25, comparecieron: don CARLOS LORENZO ASTUDILLO PINO, de nacionalidad chilena, casado, empresario, cédula de identidad número 10.165.795-7, domiciliado en Alberto Orrego Luco número 2891, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, y doña ESTER CAMILA PLAZA TORRES, de nacionalidad chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número 11.264.320-6, en calidad de representante convencional, de don RAMIRO ALEJANDRO VEGA GÓMEZ, de nacionalidad chilena, casado, empresario, cédula de identidad número 10.247.163-6, ambos domiciliados en Emilia Téllez número 5495, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quienes constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: “SEGURY DISTRIBUCIÓN SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la importación y comercialización de insumos eléctricos y electrónicos para corrientes débiles y construcción en edificios, automatización de accesos y en general, de toda otra actividad relacionada y cualquier otro objeto que los socios acuerden en la actualidad o en el futuro, semejante o complementaria de las anteriormente señaladas, pudiendo celebrar todos los actos y contratos y ejecutar las actividades inherentes a propias de los objetos sociales o que digan relación con ellos y que sean conducentes al mejor cumplimiento de estos fines, sin que la enumeración siguiente sea taxativa, la sociedad además podrá realizar: /a/ La compra, venta, importación, exportación, comercialización, explotación, arrendamiento y distribución de todo tipo de equipos y accesorios para la automatización de accesos. /b/ Comprar, administrar y vender toda clase de bienes corporales e incorporales, sean estos inmuebles o muebles, propios o de terceros, explotarlos, remodelarlos, constituir gravámenes y derechos sobre ellos, ampliarlos, mejorarlos, arrendarlos, subarrendarlos, decorarlos y modificarlos o alterarlos de cualquier otra forma en su estructura o estado; c) Invertir en efectos de comercio, valores y renta inmobiliaria, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, y debentures, letras hipotecarias, acciones y/o derechos cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedades de cualquier naturaleza, constituida o por constituirse, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzca al cumplimiento de este objetivo incluso formar sociedades y administrarlas, desarrollar inversiones financieras en el mercado de capitales de cualquier naturaleza; d) Constituir sociedades de cualquier clase, naturaleza, objeto o nacionalidad, comunidades, administradoras de fondos y otros vehículos de inversión y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; /e/ Dar en cesión temporal a cualquier título los bienes muebles o raíces que posea; /f/ Percibir las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones y su administración, así como la promoción, organización, construcción, desarrollo y participación de todo tipo de negocios inmobiliarios; /g/ desarrollo y explotación de todo tipo de negocio e inversiones y el percibir e invertir los frutos de inversiones y negocios sociales, pudiendo incluso comprar a objeto de constituir o formar parte en asociaciones o sociedades de cualquier tipo en dichos rubros.y /h/ En general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad sin limitaciones de especie alguna. Administración: El uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad corresponderá a don CARLOS LORENZO ASTUDILLO PINO. No se adjuntan facultades por ser materia no extractable. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, que se suscribe y que se paga de la siguiente forma: don CARLOS LORENZO ASTUDILLO PINO, suscribe y paga 51 acciones, lo que corresponde al 51% de las mismas, mediante aporte de la suma de $510.000.- (quinientos diez mil pesos), declarando la sociedad SEGURY DISTRIBUCIÓN SpA recibir dicha cantidad en dinero efectivo a su entera satisfacción; y don RAMIRO ALEJANDRO VEGA GÓMEZ, a través de su representante, suscribe y paga 49 acciones, lo que corresponde al 49% de las mismas, mediante aporte de la suma de $490.000.- (cuatrocientos noventa mil pesos), declarando la sociedad SEGURY DISTRIBUCIÓN SpA recibir dicha cantidad en dinero efectivo a su entera satisfacción, quedando de esta forma totalmente suscrito y pagado el capital social. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el extranjero. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 10 de marzo de 2025.