LP VISUAL TECHNOLOGY S.R.L LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2024
- Notario
- GUILLERMO VALENZUELA LEON
- Oficio
- Titular de la 3º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO VALENZUELA LEON, Abogado, Notario Público, suplente del Titular de la 3º Notaría de Santiago, don GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins nº 2102, Santiago, Certifica, que por escritura pública de fecha 15-11-2024, ante notario titular Gabriel Ogalde Rodríguez, compareció ALFONSO ENRIQUE PAZ GONZALEZ, domiciliado en San Alfonso nº525, casa 4, Santiago, KRASNA TERESA LOPEZ GONZALEZ, domiciliada en Pedro Lagos nº 681, comuna de Santiago y CAMILA ANDREA PAZ LOPEZ, mismo domicilio anterior, modifican sociedad LP VISUAL TECHNOLOGY S.R.L LIMITADA”, que gira además con el nombre de fantasía de “LP VISUAL TECHNOLOGY S.R.L. LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 31/05/2010, otorgada en este oficio ante el Notario suplente don Patricio Jory Walker e inscrita a fojas 28.505, nº 19.653 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, donde KRASNA TERESA LOPEZ GONZALEZ vende, cede y transfiere todos sus derechos sociales equivalentes al 50% del total del capital social a doña CAMILA ANDREA PAZ LOPEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma la suma de $7.500.000, que los paga en dinero efectivo, de contado y a entera satisfacción de la socia cedente. En consecuencia quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad “LP VISUAL TECHNOLOGY S.R.L. LIMITADA” don ALFONSO ENRIQUE PAZ GONZALEZ, con el 50% del total de derechos sociales y doña CAMILA ANDREA PAZ LOPEZ ,también con un 50% del total de los derechos sociales. Por otra parte, se modifica la administración y el uso de la razón social que desde esta fecha será ejercida conjunta e indistintamente por ambos socios, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social la representaran con las facultades señaladas en el pacto social constitutivo. En todo lo demás permanecen vigentes las cláusulas del pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demas estipulaciones consta escritura social extractada. Santiago, 05 de febrero 2025.