MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA

RUT 76171056-7 CVE 2621981
Capital
$167.325.639 CLP
Fecha instrumento
2 de agosto de 2011
Notaría
Antofagasta
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2011
Notario
JULIO ABASOLO ARAVENA
Oficio
2ª Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$167.325.639 CLP
Domicilio
Antofagasta
Duración
5 años, renovables conforme escritura. Estatuto completo escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público Titular, 2ª Notaría de Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparecen: don FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Linares 2190, Antofagasta; doña INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, domiciliada en calle Lord Cochrane N°1839, departamento 803, Antofagasta; don HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, domiciliado en calle Camino a Melipilla número 15736, Condominio Los Nogales de Malloco, parcela 25, comuna de Peñaflor; y don PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON, chileno, domiciliado en calle Brown Norte 1234, Providencia, Santiago, Repactaron y fijaron texto refundido estatutos sociedad de responsabilidad limitada denominada: SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA y/o INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA, RUT 76.171-056-7, CAPITAL ACTUAL VIGENTE: $177.325.639.- La que se constituyó por escritura pública de fecha 2 de agosto de 2011, otorgada ante Notario Interino de la 5ta Notaría de Antofagasta, ESTELA VELASQUEZ MIRANDA, inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Antofagasta a fojas 2231 vuelta bajo el número 1629, año 2011, publicada en el Diario Oficial de 20 de Septiembre 2011, edición número 40.057. Que en el extracto publicado, se produjo un error y omisión involuntaria, en la escritura constitutiva se indicó en la cláusula 8va: “La sociedad tendrá una vigencia de cinco años contados desde la fecha de suscripción del contrato social entendiéndose prorrogada por períodos iguales y sucesivos, si alguno de los socios no manifestare su intención o voluntad de ponerle término o de no proseguir la sociedad, al término del plazo original o de sus prórrogas o renovaciones, la que deberá manifestarse por escritura pública, anotada en extracto, al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación, a lo menos, a la fecha del plazo de extinción de la sociedad y notificarse por medio de notario al otro socio con la misma anticipación de seis meses.”; en tanto que en el extracto publicado, se yerra al señalarse la duración de la sociedad como simplemente: cinco años, en circunstancias que son cinco años renovables conforme lo estipula el pacto. Que fruto de dicha disconformidad, el extracto inscrito en el Registro de Comercio de Antofagasta, que rola a fojas 2231 vuelta, número 1629, correspondiente al año 2011, itera el error relativo a la duración de la citada sociedad, indicando: cinco años. Con lo cual, la sociedad no se encontraría vigente.Que subsistiendo el afectio societatis entre los comparecientes, y no procediendo el saneamiento conforme a ley, corresponde, la aplicación del artículo 2098 inciso segundo del Código Civil en el sentido de prorrogar por unánime consentimiento la sociedad en los mismos términos y con las mismas formalidades que hubo para la constitución primitiva, por lo cual los comparecientes : FRANCISCO JAVIER VILLEGAS ANDERSON, INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, HÉCTOR GUILLERMO VILLEGAS ANDERSON, y PABLO ANDRÉS VILLEGAS ANDERSON vienen en repactar la citada sociedad, en los siguientes términos: acuerdan ratificar todo lo obrado y lo señalado en escritura constitutiva de fecha 2-08-2011, en la 5ta Notaría de Antofagasta, inscrito a fojas 2231 vuelta, bajo el número 1629, de fecha 20-09-2011, en el Registro de Comercio de la ciudad de Antofagasta; y que se publicó en la edición del Diario Oficial número 40057, de fecha 20-09-2011. PACTO CONSTITUTIVO: Domicilio: Antofagasta. Razón social: "SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES COCHRANE LIMITADA” y /o “INMOBILIARIA COCHRANE LIMITADA”. Objeto será: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas esas inversiones, obtener rentas. La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Además la inversión de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos mobiliarios: y cualquier otra actividad relacionada en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y cualquier negocio que acordaren los socios, sin que la enumeración anterior sea taxativa.- Administración, representación, uso de razón social: corresponderá en forma exclusiva a la socia: INGRID LORENA ANDERSON PEREIRA, amplias facultades. Capital: $167.325.639.- El capital social es aportado en dominio por todos los socios y que corresponden al total de las acciones y derechos que tienen en la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Héctor Villegas González. Tales acciones y derechos ascienden al 20% por concepto de legitimario de doña Ingrid Lorena Anderson Pereira quien aporta además el 50% que le correspondían como cónyuge de la sociedad conyugal habida con el causante, en total sus acciones ascienden al 71% y cada uno de los socios restantes aportan sus acciones y derechos en la citada comunidad como hijos del causante y que ascienden al 10% cada uno. Los bienes que se aportan y aportará en dominio y que comprendían la citada comunidad, son: 1.- Automóvil marca Toyota, modelo Corolla XLI 1.8, año 2006, color beige metálico, número de motor uno ZZ4531, chasis 9 BR53ZEC268626130 , código PPU WC.7615-8, inscrito a nombre de la citada comunidad y que los socios tasan en la suma $4.200.000, que se aportará de acuerdo a la necesidad de la sociedad; 2.- Inmueble ubicado en Antofagasta, Avenida República de Croacia número 0498, que corresponde al sitio 76, de la población Playa Blanca es tasado por los socios de común acuerdo en la suma de $43.366.928.- pesos; 3.- Inmueble ubicado Antofagasta, calle Copiapó número 956 al 962, que los socios tasan de común acuerdo en $103.862.535 pesos; 4.- Saldo en fondos mutuos Itaú que al 4-5-2011 ascendían a $14.490.762.- y además US $24630 que al valor del dólar a esa fecha de 463,07 siete pesos, totalizan $11.405.414 pesos. Duración: 5 años, renovables conforme escritura. Estatuto completo escritura extractada Antofagasta, 17 de febrero de 2025.-