RUAY, MONTENEGRO, FERNÁNDEZ & RODRÍGUEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2025
- Repertorio
- 8286-2025
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Santiago, son perjuicio de agencias o sucursales que se establezcan en el país o extranjero. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus
- Duración
- La sociedad durará 20 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término mediante una declaración efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período
Objeto social
El objeto social es a) La realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y)o jurídicas, en temas legales, laborales, comerciales y)o administrativos o de índole empresarial; b) La representación judicial, extrajudicialmente y administrativa de sus clientes, tanto en Chile como en el extranjero, en juicios, mediaciones, comparendos, arbitrajes negociaciones, entre otros y; c) Asesoría profesional jurídica y actividades relacionadas con dicho
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N°3001, 2° piso, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2025, ante mí, bajo Repertorio N° 8.286-2025, FRANCISCO ALBERTO RUAY SÁEZ, cédula de identidad Nº16.842.230-K; MARÍA FRANCISCA MONTENEGRO HUNTER, cédula de identidad Nº16.418.682-2; SEBASTIÁN FERNÁNDEZ CONTRERAS, cédula de identidad Nº16.207.424-5; e ISAÍAS OSCAR RODRÍGUEZ REYES, cédula de identidad Nº16.367.030-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Coronel Pereira N° 62, oficina 1001, Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social “RUAY, MONTENEGRO, FERNÁNDEZ & RODRÍGUEZ LIMITADA”, pudiendo actuar con los nombres de fantasía de “RMR Laboral Ltda.” o “RMR Ltda.”. Objeto: El objeto social es a) La realización y prestación de servicios profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, radicados en asesoría profesional, gestión, administración y consultoría, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, en temas legales, laborales, comerciales y/o administrativos o de índole empresarial; b) La representación judicial, extrajudicialmente y administrativa de sus clientes, tanto en Chile como en el extranjero, en juicios, mediaciones, comparendos, arbitrajes negociaciones, entre otros y; c) Asesoría profesional jurídica y actividades relacionadas con dicho giro. La administración y uso razón social corresponderá a doña María Francisca Montenegro Hunter, quien representará a la sociedad con amplias facultades. Capital: El capital de la sociedad es de $1.000.000-. pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: Uno) Don Francisco Alberto Ruay Sáez aporta la cantidad de $300.000-. pesos, equivalentes al 30% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de un año contado desde la fecha de escritura de constitución. Dos) Doña María Francisca Montenegro Hunter aporta la cantidad de $300.000-. pesos, equivalentes al 30% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de un año contado desde la fecha de escritura de constitución. Tres) Don Sebastián Fernández Contreras aporta la cantidad de $200.000-. pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de un año contado desde la fecha de escritura de constitución. Cuatro) Don Isaías Oscar Rodríguez Reyes aporta la cantidad de $200.000-. pesos, equivalentes al 20% de los derechos sociales, los cuales pagará en dinero en efectivo, en el plazo de un año contado desde la fecha de escritura de constitución. Duración: La sociedad durará 20 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término mediante una declaración efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período. Domicilio: comuna de Santiago, son perjuicio de agencias o sucursales que se establezcan en el país o extranjero. Socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 13 de marzo de 2025.