RADIADORES ALTERNATIVOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de marzo de 2025
- Notario
- DANIELA NANCY MUNIZAGA PENDOLA
- Oficio
- Segunda Notaría Casablanca con asiento en Curacaví
- Comuna
- Casablanca con asiento en Curacaví
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIELA NANCY MUNIZAGA PENDOLA, Notario Público Titular de la Segunda Notaría Casablanca con asiento en Curacaví, con oficio en Avenida Ambrosio O`Higgins Nº 1375, 1º piso Certifico: Por escritura pública hoy ante mí: Don JOSÉ MIGUEL VERGARA BÁEZ, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ingeniero en administración de empresas cédula nacional de identidad número 15.640.214-1, y doña XIMENA DANAE MONTABONE RAMIREZ, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 16.667.034-9, ambos domiciliados para estos efectos en Camino a la Mina, Parcela número 19, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, en su calidad de únicos accionistas de “RADIADORES ALTERNATIVOS SpA”, Rol Único Tributario 77.371.418-5, modificaron dicha sociedad en su cláusula primera transitoria a fin de que ambos accionistas figuren en la disposición del capital social y cantidad de acciones. Por tanto, en los Estatutos, DONDE DICE: TÍTULO NOVENO: Disposiciones Transitorias. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es TRES MILLONES DE PESOS, dividido en cien acciones, nominativas, sin valor nominal, que se emiten en este acto y que el accionista aporta y paga de la siguiente forma: don JOSÉ MIGUEL VERGARA BAEZ, suscribe y paga en este acto la cantidad de CIEN acciones, al valor de tres millones pesos chilenos; así tal, el capital social total, es de Tres millones de pesos chilenos, dividido en CIEN acciones nominativas, todas de igual valor y sin valor nominal, han quedado íntegramente suscritas y pagadas en este acto; DEBE DECIR: TÍTULO NOVENO: Disposiciones Transitorias. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es TRES MILLONES DE PESOS, dividido en cien acciones, nominativas, sin valor nominal, que se emiten en este acto y que el accionista aporta y paga de la siguiente forma: a) don JOSÉ MIGUEL VERGARA BAEZ, suscribe y paga en este acto la cantidad de SETENTA acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de dos millones cien mil pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social y; b) doña XIMENA DANAE MONTABONE RAMIREZ, suscribe y paga en este acto la cantidad de TREINTA acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de novecientos mil pesos del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, los que en este acto ingresan a la caja social. En consecuencia el capital social ha quedado íntegramente suscrito y pagado en este acto. Detalles en dicha escritura. Curacaví a 12 de marzo de 2025.