Artur Projects And Investment Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2016
- Notario
- María Antonieta Carrillo Flores
- Oficio
- Tercera Notaría Los Angeles
- Comuna
- Los
Sociedad
- Capital
- $25.614 CLP
Administración
Si fallece el administrador de la sociedad don Mario Arturo Rivas Hernández, la administración y uso de la razón social quedará radicada exclusivamente en el socio doña María Ximena Yañez Arriagada, con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula novena pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Antonieta Carrillo Flores, abogado, Notario Público Titular Tercera Notaría Los Angeles, Lautaro 361, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Mario Arturo Rivas Hernández, por sí y en representación de Sociedad Rivas Hernández Limitada u Orcomar Propiedades Ltda. ambos Los Angeles, Condell N° 770 B; y, doña María Ximena Yañez Arriagada, Jorge Montt N° 267, Población O”Higgins, Quillota, modificaron sociedad “Artur Projects And Investment Limitada”, RUT 77.815.321-1, constituida escritura pública 09 diciembre 2016, esta misma Notaría, inscrita fojas 1444, número 666 Registro Comercio año 2016 Conservador Bienes Raíces Los Ángeles y publicada Diario Oficial 17 diciembre de 2016; modificada escritura pública 12 diciembre a 2024, ante Notario Público Los Ángeles, doña Jessica Lorena Aguilera Tapia, suplente titular don Juan Mauricio Araneda Medina, inscrita a fojas 73, número 43 Registro Comercio año 2025, Conservador de Bienes Raíces Los Ángeles y publicada Diario Oficial el día 06 enero 2025, siguientes términos: A.- Aumentan capital social de $25.614.372 a $51.435.975.- que se realiza transfiriendo en dominio pleno por parte socio Sociedad Rivas Hernández Limitada u Orcomar Propiedades Ltda. a la sociedad “Artur Projects And Investment Limitada en la suma $25.821.603.- inmueble denominado Lote Uno guion B Ocho, de la subdivisión del Lote Uno guion B, que formó parte del predio Lote número Uno, resultante de la subdivisión del predio Cuñibal Oriente, ubicado en la comuna de Los Angeles; inscrito a fojas 1527, número 1403 Registro de Propiedad 2015 del Conservador de Bienes Raíces Los Angeles. rol de avalúos comuna de Los Angeles, bajo el número 1539-14.- B.- Mario Arturo Rivas Hernández, vende, cede y transfiere a doña María Ximena Yañez Arriagada quién compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad “Artur Projects And Investment Limitada” y que equivalen a 90%.- Precio cesión, $4.500.000.- pagados, de contado, en dinero efectivo y que don Mario Arturo Rivas Hernández declara recibir a su entera satisfacción.- En virtud de la cesión de derechos, quedan como únicos socios “Artur Projects And Investment Limitada”, doña María Ximena Yañez Arriagada con una participación de un 90 % derechos sociales; y, la Sociedad Rivas Hernández Limitada u Orcomar Propiedades Ltda, con una participación de un 10 % de los derechos sociales. C.- Nuevos socios, doña María Ximena Yañez Arriagada y la Sociedad Rivas Hernández Limitada u Orcomar Propiedades Ltda, modifican cláusula sexta de la escritura constitutiva, sentido que las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: Para el socio doña María Ximena Yañez Arriagada un 90 %; y, para el socio la Sociedad Rivas Hernández Limitada u Orcomar Propiedades Ltda, un 10 %. D.- Modifican cláusula décimo primera de la escritura social constitutiva, que en definitiva: DECIMO PRIMERO: En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y con herederos socio fallecido, quienes deberá nombrar un procurador común para que los represente ante la sociedad, que no tendrá ni la administración ni el uso de la razón social. Si fallece el administrador de la sociedad don Mario Arturo Rivas Hernández, la administración y uso de la razón social quedará radicada exclusivamente en el socio doña María Ximena Yañez Arriagada, con todas y cada una de las facultades señaladas en la cláusula novena pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Los Angeles, 21 Febrero 2025.