TRANSPORTES EXPRESS CURICÓ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2025
- Repertorio
- 705-2025
- Notario
- HERNAN FUENTES ACEVEDO
- Oficio
- Tercera Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $150.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 39751 del 1 de septiembre de 2010
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Público de la Tercera Notaría de Curicó, con oficio en Calle Carmen 498, de esta ciudad, certifica: Por escritura otorgada ante mí de fecha 05 de marzo de 2025, repertorio Nº 705-2025; 1.- don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA, chofer, divorciado, cédula nacional de identidad número once millones setecientos sesenta y tres mil setecientos veintinueve guión ocho, domiciliado en Avenida Alessandri N° 146, Curicó; 2.- don JAVIER ELADIO DIAZ CORREA, conductor, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos sesenta y ocho mil ochocientos veinticuatro guión seis, domiciliado en Villa Millaray, pasaje Carahue 1764, Curicó; 3.- don LUIS ADALBERTO ORMAZABAL GUERRERO, empleado, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa guión cuatro, domiciliado en Calle Maipú Nº 617, Curicó; y 4.- don LUIS JORGE ZAPATA MIQUEL, conductor, casado, cédula nacional de identidad número ocho millones cincuenta y siete mil cuatrocientos veintinueve guión cero, domiciliado en Villa Rapanui, Calle Angaria N° 1967, Curicó; modificaron la sociedad “TRANSPORTES EXPRESS CURICÓ LIMITADA”, Rut N° 76.116.085-0, constituida por escritura pública suscrita ante el Notario de Curicó, don Fernando Salazar Sallorenzo, de fecha 26 de agosto de 2010, cuyo extracto se publicó en la Edición del Diario Oficial N° 39.751 de fecha 01 de septiembre de 2010, y que se inscribió a fojas 741 N° 490 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año 2010; la cual ya ha sido objeto de dos modificaciones a su pacto social. Capital Vigente: $1.800.000.- La modificación consiste en: 1.- Cesión de Derechos.- Don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA, vende, cede, y transfiere a don JAVIER ELADIO DIAZ CORREA, don LUIS ADALBERTO ORMAZABAL GUERRERO, y don LUIS JORGE ZAPATA MIQUEL, quienes compran, adquieren y aceptan para sí, el 100% de los derechos sociales que le corresponden a don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA, sobre la sociedad, y que equivale a un 40% del capital social.- Se deja constancia, que los compradores adquieren los referidos derechos sociales conforme al desglose siguiente: a) don JAVIER ELADIO DIAZ CORREA, adquiere el 13,334 de los derechos sociales que le corresponden a don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA; b) don LUIS ADALBERTO ORMAZABAL GUERRERO, adquiere el 13,333 de los derechos sociales que le corresponden a don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA; y c) don LUIS JORGE ZAPATA MIQUEL, adquiere el 13,333 de los derechos sociales que le corresponden a don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA. El precio de la cesión es la suma de $150.000, que los cesionarios pagan en este acto al contado en dinero en efectivo, suma que declara el cedente haber recibido a su entera conformidad.- Nueva Conformación de la Sociedad.- Como consecuencia de la referida cesión de derechos, se retira de la presente sociedad, don CESAR ENRIQUE NORAMBUENA CABRERA, quedando conformada de la forma siguiente: Los únicos y actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES EXPRESS CURICO LIMITADA”, son: 1.- Don JAVIER ELADIO DIAZ CORREA, con un 33,334% del capital social.- 2.- Don LUIS ADALBERTO ORMAZABAL GUERRERO, con un 33,333% del capital social; y 3.- Don LUIS JORGE ZAPATA MIQUEL, con un 33,333% del capital social.- 2.- Acuerdo de Modificación: Los actuales socios modifican una vez más el pacto social primitivo de la sociedad “TRANSPORTES EXPRESS CURICO LIMITADA”, respecto de la administración, en el sentido que, se reemplaza la cláusula quinta de la constitución de la sociedad, por la siguiente: “QUINTO: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los siguientes socios: don JAVIER ELADIO DIAZ CORREA; don LUIS ADALBERTO ORMAZABAL GUERRERO; y don LUIS JORGE ZAPATA MIQUEL, quienes actuando cualquiera de ellos indistintamente, y anteponiendo su firma personal, podrán representar a la sociedad con las facultades contenidas en la cláusula sexta de la escritura de constitución de sociedad”.- En todo no lo modificado por el presente instrumento, se mantiene absolutamente vigente los estatutos sociales y sus posteriores modificaciones.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Curicó 05 de marzo de 2025.-