SMITH & RUIZ ASESORÍAS Y DESARROLLOS AGRÍCOLAS E INMOBILIARIOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2025
- Notario
- PABLO JOSÉ HALES BESELER
- Oficio
- Décimo Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
corresponde a don JAIME EDUARDO RUIZ MORELLI, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumerarán, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JOSÉ HALES BESELER, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en Avenida Padre Hurtado Sur 875, local 1054, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2025, ante mí, don JAIME EDUARDO RUIZ MORELLI, C.I N° 11.847.743-K, domiciliado para estos efectos en Cerro El Plomo 5630, oficina 1601, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones: Razón Social: SMITH & RUIZ ASESORÍAS Y DESARROLLOS AGRÍCOLAS E INMOBILIARIOS SpA, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía “S&R SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados, en Chile, como en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles; b) la compra, venta, arrendamiento o cesión a cualquier título de bienes raíces urbanos o rústicos; c) la venta, arriendo, corretaje de propiedades, administración de condominios, comunidades, parcelas de agrado, edificios y toda otra clase de inmuebles; d) el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, rústicos, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones, pudiendo lotear, dividir, urbanizar, plantar, construir, arrendar y explotar toda clase de bienes raíces o similares. Para la consecución de sus fines la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunicades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; e) las inversiones inmobiliarias y mobiliarias de cualquier naturaleza, sea por cuenta propia, ajena o a través de terceros; y, en general, cualquier otro negocio inmobiliario que las partes acuerden, incluso negocios de construcción e infraestructura; y, f) la realización de toda clase de inversiones en cualquier rubro, bienes, valores, y otros similares, pudiendo celebrar todo tipo de actos jurídicos relacionados con el objeto social, directamente o participando en otras empresas o sociedades, sea como como socio capitalista o gestor, o cualquier otra actividad o giro que los accionistas acordaren, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales; y todos los demás giros que deseen o acuerden a futuro los accionistas.- Administración: corresponde a don JAIME EDUARDO RUIZ MORELLI, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumerarán, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social. Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal. Se encuentran suscritas y pagadas 1.000 acciones, equivalente a 1.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de marzo de 2025.