SERVICIOS MÉDICOS SILVA Y ALVARADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de marzo de 2025
- Notario
- DAVID FERNANDO DEL FIERRO CIFUENTES
- Oficio
- 1º Notaria de Limache con oficio en Avda. Palmira Romana Sur Nº405-A Local 28-A Y 29 Paseo Araucaria
- Comuna
- Limache
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar
- Duración
- 5 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales
Objeto social
la prestación de servicios médicos, psiquiatría, rehabilitación, psicología, y cualquier otra prestación de servicios profesionales afín o complementaria
Administración
El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don FELIPE IGNACIO ALVARADO BAACK
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID FERNANDO DEL FIERRO CIFUENTES, Notario Público Titular de la 1º Notaria de Limache con oficio en Avda. Palmira Romana Sur Nº405-A Local 28-A Y 29 Paseo Araucaria, LIMACHE, certifica que por escritura de fecha 07 de marzo de 2025, FELIPE IGNACIO ALVARADO BAACK y ÁLVARO FERNANDO SILVA BARRERA ambos con domicilio en San Alfonso 550, Parcela D 14, comuna de Limache, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada RAZON SOCIAL: “SERVICIOS MÉDICOS SILVA Y ALVARADO LIMITADA”, pudiendo actuar ante terceros e incluso los bancos con el nombre de fantasía “MENTEACTIVA LTDA”. OBJETO: la prestación de servicios médicos, psiquiatría, rehabilitación, psicología, y cualquier otra prestación de servicios profesionales afín o complementaria. ADMINISTRACION: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don FELIPE IGNACIO ALVARADO BAACK. CAPITAL. $2.000.000, aportados por los socios en partes iguales en dinero efectivo, ya enterados a la caja social. DURACION. 5 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogables automática y sucesivamente por periodos iguales. DOMICILIO: Viña del Mar, sin perjuicio, de agencias, sucursales, y establecimientos en otros puntos del país o del extranjero Demás estipulaciones en la escritura extractada. Limache, 10 de marzo de 2025.-