MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA

RUT 77290484-3 CVE 2620488
Fecha instrumento
26 de febrero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea Nº3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2025, ante mí: don Eduardo André Gosen Mondaca por sí y en representación de la sociedad Inversiones EGM SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Tranque número doce mil seiscientos setenta y cuatro, departamento cuatrocientos dos B, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y don Matías Exequiel Reyes Zacur, por sí y en representación de la sociedad Inversiones MRZ SpA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Quilín Sur número diez mil novecientos uno, casa veinte, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; concurrieron a efectuar la siguiente modificación social de SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA, inscrita a Fojas 89.063, Número 42.844, Año 2020, correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago: (i) APORTE SOCIAL. Uno. Por escritura pública de fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro, bajo el Repertorio número sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa y cuatro guion dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, don Eduardo André Gosen Mondaca, ya individualizado en la comparecencia, aumentó el capital de la sociedad INVERSIONES EGM SpA. El accionista don Eduardo André Gosen Mondaca, aportó al momento del aumento de capital el cincuenta por ciento de los derechos sociales que detentaba en la denominada SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA. Dos. Por escritura pública de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, bajo el Repertorio número sesenta y dos mil ochocientos sesenta y dos guion dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino, don Matías Exequiel Reyes Zacur, ya individualizado en la comparecencia, aumentó el capital de la sociedad INVERSIONES MRZ SpA. El accionista don Matías Exequiel Reyes Zacur, aportó al momento del aumento de capital el cincuenta por ciento de los derechos sociales que detentaba en la denominada SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA. (ii) COMPOSICIÓN CAPITAL SOCIAL. Los socios de SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA, por temas de orden, vienen en dar cuenta de los aportes realizados en los aumentos de capital de las sociedades INVERSIONES EGM SpA e INVERSIONES MRZ SpA, modificando al efecto los estatutos de la Sociedad. Así, una vez realizado los aumentos de capital en las sociedad INVERSIONES EGM SpA e INVERSIONES MRZ SpA, la sociedad denominada SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA quedó conformada por las siguientes personas y bajo la siguiente participación en el haber social: (a) La sociedad Inversiones EGM SpA titular de un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; y (b) La sociedad Inversiones MRZ SpA titular de un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social de la Sociedad. (iii) ADECUACIÓN Y MODIFICACIÓN DE CLÁUSULAS DEL PACTO SOCIAL. Los actuales socios de SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE CIGARRILLOS LIMITADA, esto es, la sociedad Inversiones EGM SpA e Inversiones MRZ SpA, ambas debidamente representadas, de común acuerdo y como consecuencia de los aumentos de capital descritos en la cláusula segunda del presente instrumento, acuerdan asimismo dejar constancia, adecuar y modificar los estatutos sociales de la sociedad, en especial la cláusula quinta, en el sentido de tener incorporada a la nuevos socios conforme a la participación social señalada a continuación: (a) La sociedad Inversiones EGM SpA titular de un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; y (b) La sociedad Inversiones MRZ SpA titular de un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social de la Sociedad. En consecuencia, la cláusula quinta de los estatutos sociales debe quedar bajo el siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad es de trescientos millones de pesos repartidos entre los socios en la siguiente forma: (a) La sociedad Inversiones EGM SpA titular de un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; y (b) La sociedad Inversiones MRZ SpA titular de un cincuenta por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social de la Sociedad. Todo el capital se encuentra pagado en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social”. Se deja constancia que en todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 27 de febrero de 2025.