MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

La Serena Ocho SpA

RUT 76866061-1 CVE 2620342
Capital
$1.148.295 CLP
Fecha instrumento
7 de marzo de 2025
Notaría
Santiago de María Soledad Lascar Merino

Instrumento

Fecha
7 de marzo de 2025
Repertorio
9343-2025
Notario
VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA
Oficio
38ª Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino
Comuna
Santiago de María Soledad Lascar Merino

Sociedad

Capital
$1.148.295 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
LA SERENA OCHO SpA socio 76866061-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, abogada, Notario Publico Suplente de la 38ª Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino, certifico que con fecha 24 de febrero de 2025, se redujo a escritura pública ante la titular, bajo el repertorio Nº 9343-2025, acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad LA SERENA OCHO SpA, Rol Único Tributario N° 76.866.061-1, inscrita a fojas 22.104, número 11.773 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, en adelante la “Sociedad”, celebrada ante mí con esa misma fecha, en que se acordó aumentar el capital de la Sociedad de $1.148.295.750 en la cantidad de $2.713.700.468, enterándose dicho aumento mediante la emisión de 945.297 acciones de pago de las mismas características de las existentes, las que fueron suscritas y pagadas por el único accionista de la Sociedad, esto es, CCE Proco Dos CHL SpA. En consecuencia, el nuevo capital social queda establecido en la cantidad de $3.861.996.218, dividido en 1.345.297 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, debida y totalmente suscritas y pagadas por el único accionista de la Sociedad, esto es, CCE Proco Dos CHL SpA, con anterioridad a la fecha. En razón de lo anterior, se modificaron los estatutos sociales de la Sociedad, en el sentido de reemplazar el Artículo Cuarto permanente y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. En todo lo no modificado se mantiene inalterable el pacto social. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto.- Santiago, 07 de marzo de 2025.