H&B South América SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2025
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: que, por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2025, bajo el repertorio número 2.347-2025, ante el notario titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Camino del Estero SpA, rol único tributario número 77.626.855-0, constituyó sociedad por acciones de conformidad a artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: H&B South América SpA (en adelante la “Sociedad”). Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (i) el cultivo, la producción y elaboración de todo tipo de productos, perecibles o no perecibles, especialmente de frutas, hortalizas, semillas, verduras, carnes y productos o mercaderías agrícolas y/o ganaderos; (ii) la adquisición, administración, arrendamiento y explotación de predios agrícolas, ganaderos y forestales, por cuenta propia o ajena; (iii) la refrigeración y almacenamiento en frío, conservación, congelación y bodegaje al por mayor o por menor, de los productos señalados precedentemente, ya sea en frigoríficos, cámaras de enfriamiento y/o en cualquier otro espacio destinado a dichos efectos; (iv) la prestación de servicios de selección, embalaje, empaque, envasado, rotulado, de dichos productos, y en general cualquier forma de embalaje y/o envasado para la conservación y preservación del producto; (v) la prestación de servicios de distribución de todo tipo de productos; (vi) la importación, exportación, transformación y comercialización de todo tipo de productos; (vii) la prestación de servicios en las actividades que se relacionen, directa o indirectamente, con el giro agrícola, agroindustrial, forestal o ganadero; (viii) el desarrollo de todo tipo de actividad agrícola, agroindustrial, forestal o ganadera; (ix) la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; y (x) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales se encuentran suscritas y pagadas 400 acciones, equivalentes a la suma de $400.000. El saldo del capital social ascendente a $600.000, dividido en 600 acciones, deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura pública extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización.- Santiago, 28 febrero de 2025.