MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MAESTRANZA ADMAQ LIMITADA

RUT 76207005-7 CVE 2619625
Fecha instrumento
14 de febrero de 2025
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2025
Notario
Cecilia de las Mercedes Gálvez Pino
Oficio
Quinta Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MAESTRANZA ADMAQ LIMITADA socio 76207005-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Cecilia de las Mercedes Gálvez Pino, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Por escritura pública de fecha hoy, ante mí, don HECTOR EUGENIO ACEVEDO CONTRERAS, chileno, casado, técnico industrial, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos diez mil ciento noventa guion seis, domiciliado en calle Dieciocho de septiembre número doscientos cuarenta y dos, población Santa Teresa, comuna de Machalí; don GONZALO ANDRES DONOSO CORREA, chileno, casado, ingeniero civil mecánico, cédula nacional de identidad número quince millones ciento veintidós mil cuatrocientos ochenta y nueve guion K, domiciliado en Julio Silva Interior lote cuarenta y dos, comuna de Olivar y de paso en esta; y don FRANCISCO LUCIANO LILLO MIERZEJEWSKI, chileno, soltero, ingeniero civil mecánico, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos treinta y ocho mil cuatrocientos ocho guion seis, domiciliado en Diagonal Oriente número cinco mil cuatrocientos treinta y ocho, departamento mil cuatro, comuna de Ñuñoa y de paso en esta, modifican sociedad MAESTRANZA ADMAQ LIMITADA, RUT N° 76.207.005-7, inscrita a fojas 432, número 479 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2012, y modificada a fojas 264 vuelta, número 191 del Registro de Comercio de Rancagua del año 2024, de la siguiente manera: a) don Héctor Eugenio Acevedo Contreras, dueño del 50% del capital social, vende, cede y transfiere su interés y haber social consistente en un diez por ciento del capital social de la sociedad precedentemente individualizada, a don Gonzalo Andrés Donoso Correa y a don Francisco Luciano Lillo Mierzejewski, en una proporción del 5% a cada uno, quienes compran y aceptan para sí, los repetidos derechos sociales en sus porcentajes correspondientes. El precio de esta cesión asciende a la suma total de $17.000.000, cuya división y forma de pago se señalan en escritura extractada, declarando el cedente haberlo recibido en su total y completa satisfacción sin cargo alguno que formular”. En consecuencia, el capital social ha quedado distribuido, en los únicos socios, de la siguiente forma. Don Héctor Eugenio Acevedo Contreras, en proporción de un 40%, don Gonzalo Andrés Donoso Correa en proporción de un 30% y Francisco Luciano Lillo Mierzejewski, en proporción de un 30% para cada uno.- Asimismo, en su calidad de únicos socios convienen en modificar la cláusula octava del pacto social en el sentido que la Administración y uso razón social corresponderá a don Héctor Eugenio Acevedo Contreras, a don Francisco Luciano Lillo Mierzejewski y a don Gonzalo Andrés Donoso Correa, quienes actuando en forma conjunta o separada, indistintamente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la obligarán y representaran en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con todas las facultades señaladas en la cláusula octava del pacto social. En lo no modificado, permanecen vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Rancagua, 14 de febrero de 2025.-