SOCIEDAD MEDINA Y MEDINA LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2025
- Notario
- JUAN ANTONIO PUGA LOZANO
- Domicilio
- Comuna de Laja y San Rosendo
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO PUGA LOZANO, Abogado, Notario Público Titular de la Comuna de Laja y San Rosendo, con oficio Balmaceda 415 Laja, certifica, por escritura pública de fecha 20 de Febrero de 2025, Repertorio de instrumentos públicos Nº124: NANCY CAROLINA MEDINA MEDINA, cédula de identidad Nº14.294.278-K, asistente social, casada en régimen de separación total de bienes, domiciliada en Los Alpes Nº270, número novecientos sesenta, departamento trescientos cuatro A, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; MARIANELA ELIZABETH MEDINA MEDINA, cédula de identidad Nº12.182.494-9, secretaria ejecutiva, soltera, domiciliada en parcela setenta y cinco letra D, Sector Pichiquepa, Villa El Portal, Comuna de Temuco, y de paso por esta; y NELSON RICARDO MEDINA CASTILLO, cédula de identidad Nº4.209.856-6, comerciante, casado, domiciliado en calle O`Higgins número treinta y uno, de la comuna de Laja, quien actua por sí, en calidad de cónyuge autorizante, y en representación de su cónyuge NANCY MARIANELA MEDINA NEIRA, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD MEDINA Y MEDINA LTDA”; Rut. 78.809.070-6, capital $5.000.000, y cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 2 número 2 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Laja de 1996; en el siguiente sentido: UNO: La socia NANCY MARIANELA MEDINA NEIRA, debidamente representada por don NELSON RICARDO MEDINA CASTILLO, vende, cede y transfiere, en partes iguales, a doña NANCY CAROLINA MEDINA MEDINA y doña MARIANELA ELIZABETH MEDINA MEDINA, quienes compran, aceptan y adquieren para si, el cien por ciento de los derechos que a la vendedora le corresponden en la sociedad que se modifica, en la suma de cuatro millones de pesos que se pagan de contado y en dinero, y se declaran recibidos conforme y a satisfacción; DOS: En adelante la administración y uso de la razón social corresponderá a las socias NANCY CAROLINA MEDINA MEDINA y MARIANELA ELIZABETH MEDINA MEDINA, quienes podrán actuar en conjunto o separadamente, con todas las facultades consagradas en la constitución de la sociedad, sin limitación alguna, y que se dan por íntegramente reproducidas. En consecuencia, en adelante la sociedad queda integrada por las socias NANCY CAROLINA MEDINA MEDINA y MARIANELA ELIZABETH MEDINA MEDINA.- En demás se conservan las cláusulas de la sociedad actualmente vigentes.- Laja 04 de marzo de 2025.