SOCIEDAD DE INVERSIONES ALARCÓN BARRALES SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de febrero de 2025
- Repertorio
- 504-2025
- Notario
- SOCIEDAD DE INVERSIONES ALARCÓN BARRALES SpA. JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN
- Oficio
- Décimo Segunda Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSOCIEDAD DE INVERSIONES ALARCÓN BARRALES SpA. JUAN EDUARDO AVELLO SAN MARTIN, Abogado, Notario Público, titular de la Décimo Segunda Notaria de Concepción, con oficio en avenida Chacabuco, número novecientos ochenta, de la comuna de Concepción, certifica: Por escritura Pública de fecha 24 de Febrero de 2025, repertorio 504-2025, ante Notario Público suplente don Cristhoper Eduardo Montecino Venegas, DANIELA FERNANDA BARRALES RODRÍGUEZ, chilena, odontóloga, cédula nacional de identidad número 15.911.944-0, domiciliada en avenida Laguna Grande número seiscientos veinticinco casa diecinueve comuna de San Pedro de la Paz, y de paso en esta; y doña FERNANDA TAMARA VÁSQUEZ BELTRÁN, chilena, soltera, asistente de operaciones de logística, cédula nacional de identidad número 19.716.137-K, domiciliada en Laguna Vichuquén 2620, comuna de Coronel, celebraron cesión de acciones en la SOCIEDAD DE INVERSIONES ALARCÓN BARRALES SpA., sociedad cuyo mil novecientos noventa y ocho número mil trescientos nueve del Registro de Comercio del año dos mil veintidós del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil cuatrocientos catorce, de fecha treinta de noviembre del año dos mil veintidós, de la manera siguiente: DANIELA FERNANDA BARRALES RODRÍGUEZ la cantidad de seis acciones, las que equivalen al cien por ciento de sus acciones en la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES ALARCÓN BARRALES SpA”, a doña FERNANDA TAMARA VÁSQUEZ BELTRÁN, quien acepta y adquiere para sí las acciones mencionadas y parte de capital, que la primera de las nombradas tiene en la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES ALARCÓN BARRALES S.p.A”. El precio de la presente cesión, asciende a la suma de nueve millones de pesos ($9.000.000.-), precio que la Compradora paga a la Vendedora de contado y en dinero efectivo en este mismo acto, declarando la Vendedora haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Concepción, 6 de Marzo de 2025.