LATORRE Y PALMA CORREDORES DE SEGUROS COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de enero de 2025
- Repertorio
- 228-2025
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| LATORRE Y PALMA CORREDORES DE SEGUROS COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 76524902-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, abogado, Notario Público de la Sexta Notaría de Concepción, oficio Colo-Colo Nº 304, certifico: por escritura pública de fecha 28.01.2025, Repertorio Nº 228-2025, ante mí, don ROLANDO ISIDRO PALMA YÁÑEZ, con domicilio en San Pedro de la Paz, sector San Pedro del Valle, Avenida Laguna Grande Nº 1.120, Condominio Los Álamos, casa 23; doña SANDRA MARLENE LATORRE ARREDONDO, con domicilio en San Pedro de la Paz, sector San Pedro del Valle, Avenida Laguna Grande Nº 1.120, Condominio Los Álamos, casa 23; doña SANDRA MICHELLE PALMA LATORRE, con domicilio en Chillán, Hacienda Quillamapu, Salto del Agua Nº 1.965; doña NINOSKA MARLENE PALMA LATORRE, con domicilio en San Pedro de la Paz, sector San Pedro del Valle, Avenida Laguna Grande número mil ciento veinte, Condominio Los Álamos, casa 37; doña VIANCA ISIDORA PALMA LATORRE, con domicilio en San Pedro de la Paz, sector San Pedro del Valle, Avenida San Pedro Nº 1.895, Condominio Los Abedules, casa 27; y don ROLANDO EDUARDO PALMA LATORRE, con domicilio en San Pedro de la Paz, sector San Pedro del Valle, Avenida Laguna Grande Nº 1.120, Condominio Los Álamos, casa 23, modificaron LATORRE Y PALMA CORREDORES DE SEGUROS COMPAÑÍA LIMITADA, RUT Nº 76.524.902-3. Dicha sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 04 de noviembre del año 2015, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de noviembre del año 2015, e inscrito a fojas 267, bajo el número 213, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de San Pedro de la Paz, correspondiente al año 2015. Modificada mediante escritura pública de fecha 11 de abril del año 2016, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 15 de abril del año 2016, e inscrito a fojas 85, bajo el número 52, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de San Pedro de la Paz, correspondiente al año 2016; y también modificada mediante escritura pública de fecha 24 de mayo del año 2016, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de San Pedro de la Paz, correspondiente al año 2016. Modificaciones consisten: 1) Don Rolando Isidro Palma Yáñez vendió, cedió y transfirió a doña Sandra Michelle Palma Latorre el 20% de los derechos sociales que tenía en la sociedad, equivalente al 10% del total de los derechos en Latorre y Palma Corredores de Seguros Compañía Limitada, en la cantidad de $800.000, pagados al contado y en dinero efectivo. 2) Don Rolando Isidro Palma Yáñez vendió, cedió y transfirió a doña Ninoska Marlene Palma Latorre el 20% de los derechos sociales que tenía en la sociedad, equivalente al 10% del total de los derechos en Latorre y Palma Corredores de Seguros Compañía Limitada, en la cantidad de $800.000, pagados al contado y en dinero efectivo. 3) Don Rolando Isidro Palma Yáñez vendió, cedió y transfirió a doña Vianca Isidora Palma Latorre el 20% de los derechos sociales que tenía en la sociedad, equivalente al 10% del total de los derechos en Latorre y Palma Corredores de Seguros Compañía Limitada, en la cantidad de $800.000, pagados al contado y en dinero efectivo. 4) Don Rolando Isidro Palma Yáñez vendió, cedió y transfirió a don Rolando Eduardo Palma Latorre el 20% de los derechos sociales que tenía en la sociedad, equivalente al 10% del total de los derechos en Latorre y Palma Corredores de Seguros Compañía Limitada, en la cantidad de $800.000, pagados al contado y en dinero efectivo. 5) Como consecuencia de la venta de derechos sociales, el capital de la sociedad, ascendente a $4.000.000, quedó dividido en un 50% para doña Sandra Marlene Latorre Arredondo; y en un 10% para don Rolando Isidro Palma Yáñez; en un 10% para doña Sandra Michelle Palma Latorre; en un 10% para doña Ninoska Marlene Palma Latorre; en un 10% para doña Vianca Isidora Palma Latorre; y en un 10% para don Rolando Eduardo Palma Latorre. Y, 6) Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su participación en el capital social. Se mantiene capital social en la suma de $4.000.000.- En lo no modificado rige pacto social. Concepción, 04 de marzo de 2025.jhl