Instrumento
- Fecha
- 1 de marzo de 2025
- Repertorio
- 184-2025
- Notario
- ALEJANDRO OMAR ABUTER GAME
- Oficio
- 10° Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $133.000.000 CLP
- Domicilio
- La comuna de Penco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- Capital y Acciones: El capital de la sociedad será la suma de $133.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal.- Las referidas acciones se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) Por don MIGUEL DAVID INOSTROZA VERGARA quien suscribe en el acto 3.007 acciones que quedan pagadas en el acto con la suma de $40.000.000 aporte total que se entera por el socio, por una parte con $10.000.000 en dinero que se entera e ingresa en efectivo en las arcas sociales en el acto, y además con el aporte mediante la transferencia en dominio a la sociedad como especie o cuerpo cierto del inmueble y el vehículo que se singularizan en el artículo segundo transitorio de la escritura extractada, estimados o valorizados en las sumas que se indican en la citada escritura, en la referida cláusula; b) Doña MARIA ELENA ZOTT OVIEDO quien suscribe en el acto 4.737 acciones que quedan pagadas en el acto con la suma de $63.000.000, aporte total que se entera por la socia, por una parte con la suma de $30.000.000 en dinero que se entera e ingresa en efectivo en las arcas sociales en el acto, y además con el aporte mediante la transferencia en dominio a la sociedad como especie o cuerpo cierto de dos vehículos que se singularizan en el artículo tercero transitorio, de la escritura extractada, estimados o valorizados en las sumas que se indican en la citada escritura en la referida cláusula; c) Doña ISABEL MARGARITA INOSTROZA ZOTT suscribe en el acto 1.128 acciones que quedan pagadas en el acto con la suma de $15.000.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en el acto; y d) Don FERNANDO MIGUEL INOSTROZA ZOTT suscribe en el acto 1.128 que quedan pagadas en el acto con la suma de $15.000.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en el acto.- En consecuencia, queda la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, íntegramente suscritas y pagadas, de la forma indicada, y que ingresa en arcas sociales. Cada uno de los accionistas se hacen responsables frente a terceros hasta el monto de sus
Administración
La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma indistinta a don MIGUEL DAVID INOSTROZA VERGARA o doña MARIA ELENA ZOTT OVIEDO quienes actuarán en calidad de Administradores de la sociedad, con las más amplias facultades, debiendo anteponer sus firmas al nombre de la sociedad, aceptando ambos su designación en el acto de suscripción de la escritura de constitución, en los términos expresados en ella, con todas las facultades que en ella se contienen
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO OMAR ABUTER GAME, Abogado, Notario Público de la 10° Notaría de Concepción, con asiento en Penco, y su territorio jurisdiccional, con oficio en calle Penco 150, comuna de Penco, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de marzo de 2025, repertorio 184-2025, ante mí don MIGUEL DAVID INOSTROZA VERGARA, cédula nacional de identidad N°6.653.313-1; doña MARIA ELENA ZOTT OVIEDO, cédula nacional de identidad N°9.646.472-K; don FERNANDO MIGUEL INOSTROZA ZOTT, cédula nacional de identidad N°20.947.500-6, todos domiciliados en Los Cerezos N°36 B, comuna de Penco, Región del Biobio; y doña ISABEL MARGARITA INOSTROZA ZOTT, cédula nacional de identidad N°19.334.553-0, domiciliada en Los Crisantemos N°880, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituyeron una Sociedad por Acciones conforme a las normas contenidas en el párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio, artículos 424 y siguientes.- Nombre o razón social de la sociedad: INVERSIONES EL LAUREL SpA, actuando en sus relaciones con terceros, incluso con el Banco Central de Chile, bancos comerciales y el Servicio de Impuestos Internos, con el referido nombre.– Domicilio: La comuna de Penco, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o representaciones que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero.- Duración: La sociedad iniciará sus operaciones el día de la suscripción de la presente escritura y tendrá una duración indefinida.- Objeto de la sociedad: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: A) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes corporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; B) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles amoblados y no amoblados; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; C) La asesoría profesional en aspectos administrativos, comerciales, inmobiliarios y de inversiones, a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras; D) Inversión de dineros y/o valores en bienes muebles incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven, así como el financiamiento de proyectos e inversiones, efectuar préstamos y empréstitos en dinero; y E) En general, el desarrollo y la ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias y conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. - Además podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito, que derive de los anteriores, tenga o no relación directa o indirecta o complementaria, o sean consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y que sean necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- Capital y Acciones: El capital de la sociedad será la suma de $133.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal.- Las referidas acciones se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) Por don MIGUEL DAVID INOSTROZA VERGARA quien suscribe en el acto 3.007 acciones que quedan pagadas en el acto con la suma de $40.000.000 aporte total que se entera por el socio, por una parte con $10.000.000 en dinero que se entera e ingresa en efectivo en las arcas sociales en el acto, y además con el aporte mediante la transferencia en dominio a la sociedad como especie o cuerpo cierto del inmueble y el vehículo que se singularizan en el artículo segundo transitorio de la escritura extractada, estimados o valorizados en las sumas que se indican en la citada escritura, en la referida cláusula; b) Doña MARIA ELENA ZOTT OVIEDO quien suscribe en el acto 4.737 acciones que quedan pagadas en el acto con la suma de $63.000.000, aporte total que se entera por la socia, por una parte con la suma de $30.000.000 en dinero que se entera e ingresa en efectivo en las arcas sociales en el acto, y además con el aporte mediante la transferencia en dominio a la sociedad como especie o cuerpo cierto de dos vehículos que se singularizan en el artículo tercero transitorio, de la escritura extractada, estimados o valorizados en las sumas que se indican en la citada escritura en la referida cláusula; c) Doña ISABEL MARGARITA INOSTROZA ZOTT suscribe en el acto 1.128 acciones que quedan pagadas en el acto con la suma de $15.000.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en el acto; y d) Don FERNANDO MIGUEL INOSTROZA ZOTT suscribe en el acto 1.128 que quedan pagadas en el acto con la suma de $15.000.000, dinero que se entera e ingresa en efectivo, en las arcas sociales en el acto.- En consecuencia, queda la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, íntegramente suscritas y pagadas, de la forma indicada, y que ingresa en arcas sociales. Cada uno de los accionistas se hacen responsables frente a terceros hasta el monto de sus aportes.- De la Administración: La administración, representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá en forma indistinta a don MIGUEL DAVID INOSTROZA VERGARA o doña MARIA ELENA ZOTT OVIEDO quienes actuarán en calidad de Administradores de la sociedad, con las más amplias facultades, debiendo anteponer sus firmas al nombre de la sociedad, aceptando ambos su designación en el acto de suscripción de la escritura de constitución, en los términos expresados en ella, con todas las facultades que en ella se contienen.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Penco, 5 de marzo de 2025.