SOCIEDAD MB CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2025
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bío
Objeto social
Será: A) Construcción de edificios completos o de partes de edificios; B) Obras de ingeniera; C) Acondicionamiento de edificios; CH) Obras menores en construcción (contratista, albañiles, carpinteros); Y D) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal. - TERCERO: Del
Administración
Corresponderá al socio don MANUEL IGNACIO BURGOS SCHURCH quien actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles, Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2025, Rep. 904-2025, otorgada ante mí; don MANUEL IGNACIO BURGOS SCHURCH, chileno, ingeniero agrícola, soltero, cédula de identidad número veinte millones ochenta y cinco mil sesenta y seis guión uno, domiciliado en avenida Gabriela Mistral número mil doscientos noventa y seis, casa número S seis, de la comuna de Los Ángeles; y don MANUEL VICTOR BURGOS REYES, chileno, trabajador independiente, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número siete millones trescientos once mil seiscientos noventa y siete guion K, domiciliado en avenida Gabriela Mistral número mil doscientos noventa y seis, casa número S seis, de la comuna de Los Ángeles.- Vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada: PRIMERO: Del nombre y razón social: “SOCIEDAD MB CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIONES LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “REMODELACONES MB LTDA.”.- SEGUNDO: Del objeto social: Será: A) Construcción de edificios completos o de partes de edificios; B) Obras de ingeniera; C) Acondicionamiento de edificios; CH) Obras menores en construcción (contratista, albañiles, carpinteros); Y D) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal. - TERCERO: Del domicilio social: Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bío, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.- CUARTO: De la Administración y uso de la razón social: Corresponderá al socio don MANUEL IGNACIO BURGOS SCHURCH quien actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- QUINTO: Del capital: El Capital social asciende a la suma de $5.000.000, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: UNO.- El socio don MANUEL IGNACIO BURGOS SCHURCH, con la suma de cuatro millones novecientos mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de novecientos mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de cuatro millones de pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran, equivalente al noventa por ciento del haber total del capital social.- Y DOS.- El socio don MANUEL VICTOR BURGOS REYES con la suma de cien mil pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de cien mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social, equivalente al dos por ciento del haber total del capital social.- El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad. - SEXTO: De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- SÉPTIMO: Del plazo y renovación automática.- La sociedad se pacta por un plazo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.- OCTAVO: De la responsabilidad.- Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales quedan limitada al monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 04 de Marzo de 2025.