Lichen SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2025
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $27.857.816 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: /Uno/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /Dos/ Cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes; /Tres/ Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y /Cuatro/ Cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle la Concepción N°65, piso 2, de la comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 7 de enero de 2025, otorgada ante la notario suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, bajo repertorio número 208-2025, don Juan Guillermo Chechilnitzky Schürch, cédula de identidad N°16.355.933-1 y doña Constanza Isabel Romero Ordóñez, cédula de identidad N°16.609.097-0, ambos domiciliados para estos efectos en camino Francisco Bertrand Vergara N°3.330, departamento N°4.042, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas, conforme al registro de accionistas que tuve a la vista, de la sociedad “LICHEN SpA”, Rol Único Tributario N°76.930.895-4 (en adelante e indistintamente, la “Sociedad” o la “Sociedad Dividida”), y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo décimo quinto de los estatutos de la Sociedad y en el artículo 427 del Código de Comercio acordaron lo siguiente: I. DIVISIÓN: Los accionistas de la Sociedad acordaron la división de la misma en dos sociedades: i) “Lichen SpA”, en calidad de continuadora legal de dicha Sociedad, subsistiendo bajo su misma razón social y conservando su Rol Único Tributario y demás características; y, ii) “Lichen II SpA” que se constituyó con motivo de la división de la Sociedad en base al balance de la misma y al balance pro forma de división, ambos de fecha 31 de diciembre de 2024, balances que se protocolizaron al final de la escritura extractada. II. DISMINUCIÓN DE CAPITAL: Como consecuencia de la división acordada, los accionistas acordaron disminuir el capital de la Sociedad en la cantidad de $27.857.816, que será asignado en igual monto a la nueva sociedad, es decir, a Lichen II SpA. De esta forma, el capital de la Sociedad se reducirá desde la cantidad de $30.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 500 corresponden a acciones Serie A, suscritas y pagada por don Juan Guillermo Chechilnitzky Schürch y 500 acciones Serie B, suscritas y pagadas por doña Constanza Isabel Romero Ordóñez, a la cantidad de $2.142.184 dividido en el mismo número de acciones, todas íntegramente suscritas y pagadas. Los montos de la disminución de capital de Lichen SpA tuvieron por objeto enterar el capital de Lichen II SpA, de forma que dicho capital se encuentra a esta fecha, íntegramente suscrito y pagado. Con motivo de lo anterior, modificaron los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales de Lichen SpA, por los siguientes: i) “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de dos millones ciento cuarenta y dos mil ciento ochenta y cuatro pesos, dividido en mil acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales i) Quinientas corresponden a acciones Serie A; y ii) Quinientas corresponden a acciones Serie B. El capital queda suscrito y pagado en la forma señalado en los artículos transitorios de los Estatutos.” ii) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de dos millones ciento cuarenta y dos mil ciento ochenta y cuatro pesos, dividido en mil acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales quinientas corresponden a acciones Serie A y quinientas corresponden a acciones Serie B. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente manera: i) Juan Guillermo Chechilnitzky Schürch suscribió y pagó quinientas acciones Serie A con anterioridad a esta fecha; y ii) Constanza Isabel Romero Ordóñez suscribió y pago quinientas acciones Serie B con anterioridad a esta fecha”. En todo lo no modificado, los estatutos de Lichen SpA se mantienen plenamente vigentes. III. CONSTITUCIÓN “LICHEN II SpA”. Don Juan Guillermo Chechilnitzky Schürch y doña Constanza Isabel Romero Ordóñez, ya individualizados; con motivo de la división de Lichen SpA, constituyeron una nueva sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: “Lichen II SpA”, la que podrá usar para fines publicitarios, de propaganda, bancarios y comerciales, el nombre de fantasía “Lichen II”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La Sociedad tendrá una duración indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /Uno/ La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, agrícolas o urbanos, incluyendo acciones, derechos sociales o cuotas en otras compañías, fondos de inversión, valores mobiliarios y, en general, todo tipo de instrumentos del mercado de capitales; /Dos/ Cualquier tipo de inversión y asesorías financieras, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título toda clase de bienes; /Tres/ Para los fines señalados precedentemente, podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital o de cuotas de fondos de inversión privados o públicos y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y /Cuatro/ Cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $27.857.816, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, iguales y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la forma en que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Santiago, 03 de marzo de 2025.