MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES CRISER 2 SpA

RUT 76536307-1 CVE 2618534
Capital
$30.000 CLP
Fecha instrumento
28 de enero de 2025

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2025
Repertorio
585-25
Notario
Notario Suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Oficio
Vigésimo Novena Notaría

Sociedad

Capital
$30.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GISELLE CECILIA MARQUEZ LEON, Abogada, Notario Suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS , abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría ,de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver 225 piso 3, oficina 302 , Santiago, Certifica; Por escritura pública de fecha 28 de enero de 2025, bajo el repertorio 585-25, ante el Notario Titular, comparecen, don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA y don MAURICIO EDUARDO SOLIS ELGUETA, ambos domiciliados en Carlos Antúnez N° 2581,departamento 802, Providencia, Región Metropolitana, modifican estatutos de sociedad "INVERSIONES CRISER 2 SpA”, Rut N° 76.536.307-1, Capital $30.000.000, inscrita Registro de Comercio de Santiago, fojas 2500, número 1452 del año 2016, publicada Diario Oficial N° 41.353 el día 11 de enero del año 2016, en el siguiente sentido: don MAURICIO EDUARDO SOLIS ELGUETA vende, cede y transfiere a don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA, quien compra, acepta y adquiere para sí, 2.100 acciones, de manera que este último pasa a ser el único accionista de la compañía en la proporción ascendente, a un 100% del capital social. El precio de esta cesión es la suma de $30.000.000 que don Cristian Ignacio Solís Elgueta paga en dinero en efectivo al cedente. En consecuencia, será, desde este momento, el único socio y accionista de la compañía don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA, con un 100% de participación en el capital social. Actual socio modifica los estatutos sociales de la siguiente forma: Se modifica el ARTÍCULO DECIMO QUINTO, de los estatutos sociales, referente a la administración de la sociedad, en el sentido de establecer que la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, así como el uso de la razón social, corresponderá en forma única y exclusiva, a don CRISTIAN IGNACIO SOLIS ELGUETA, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, podrá actuar en nombre y representación de la sociedad y estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos sociales no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos con las más amplias facultades que se señalan en el Artículo DECIMO OCTAVO de los estatutos sociales, las que en éste acto se dan por total y enteramente reproducidas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 12 de febrero de 2025.