CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES 4M LIMITADA

CVE 2618742
Capital
$345.000 CLP
Fecha instrumento
9 de enero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2025
Repertorio
69912
Notario
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL
Oficio
19ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$345.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Diez años, prorrogable automática y sucesivamente por periodos iguales a diez años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle termino al vencimiento del plazo vigente, primitivo o prorrogado, mediante una declaración en este sentido, otorgado por escritura pública con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo en

Objeto social

La constitución, administración y el desarrollo de todo y cada uno de los actos comerciales del rubro o giro de inversiones, en todas sus formas, tales como la compra de bienes muebles, corporales o incorporales, asimismo, podrá comercializar todo tipo de productos, comprar o vender acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, planes y depósitos de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles, comerciales o de cualquier otra naturaleza, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Se comprenderá asimismo dentro del giro de inversiones, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, permuta, administración, loteamiento, urbanización, corretaje, loteo, subdivisión, fusión, construcción, urbanización y, en general, la explotación y)o administración de bienes raíces, urbanos, rurales, la constitución y participación y administración de sociedades para efectos de inversión, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o de terceros, tanto en chile como en el extranjero; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad del giro inversiones; y cualquier otro negocio que acordaren los socios pudiendo desarrollar sus actividades tanto en Chile como en el extranjero y La celebración y)o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos civiles o comerciales, nominados o innominados necesarios o conducentes para el correcto desarrollo del

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don MAURICIO OSVALDO YAÑEZ ESCOBAR, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número doce millones cuarenta y ocho mil ochocientos noventa y tres guion siete, quien anteponiendo o posponiendo a la razón social a su firma personal, la representará con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario Público Titular de la 19ª Notaria de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 352, certifica: Que por escritura pública de fecha 06 de Diciembre del 2024, bajo el Repertorio Nº 69.912, ante el Notario Suplente de este oficio Javier Ignacio Hormazabal Collao, comparecen: Don MAURICIO OSVALDO YAÑEZ ESCOBAR, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número doce millones cuarenta y ocho mil ochocientos noventa y tres guion siete con domicilio para estos efectos en calle avenida Domingo Santa María N° 3275, comuna de Renca, Región Metropolitana; y doña MARIELA IVONNE CARRASCO BLANCO, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número catorce millones cuatrocientos doce mil cuatrocientos cincuenta y dos guion nueve, con domicilio en Media Luna N° 20.902, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada en conformidad a las prescripciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, cuyos estatutos se extracta lo siguiente. NOMBRE: INVERSIONES 4M LIMITADA, y podrá usar para todos los efectos legales, bancarios, financieros, administrativos, de propaganda y gestión en general, y ante toda clase de personas naturales o jurídicas, autoridades, asociaciones, bancos y demás sujetos de derecho, el nombre de fantasía o abreviado 4M LIMITADA. OBJETO: La constitución, administración y el desarrollo de todo y cada uno de los actos comerciales del rubro o giro de inversiones, en todas sus formas, tales como la compra de bienes muebles, corporales o incorporales, asimismo, podrá comercializar todo tipo de productos, comprar o vender acciones, bonos, debentures, títulos de crédito, planes y depósitos de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles, comerciales o de cualquier otra naturaleza, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Se comprenderá asimismo dentro del giro de inversiones, la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, permuta, administración, loteamiento, urbanización, corretaje, loteo, subdivisión, fusión, construcción, urbanización y, en general, la explotación y/o administración de bienes raíces, urbanos, rurales, la constitución y participación y administración de sociedades para efectos de inversión, todo lo anterior ya sea por cuenta propia o de terceros, tanto en chile como en el extranjero; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad del giro inversiones; y cualquier otro negocio que acordaren los socios pudiendo desarrollar sus actividades tanto en Chile como en el extranjero y La celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos civiles o comerciales, nominados o innominados necesarios o conducentes para el correcto desarrollo del objeto social. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don MAURICIO OSVALDO YAÑEZ ESCOBAR, chileno, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número doce millones cuarenta y ocho mil ochocientos noventa y tres guion siete, quien anteponiendo o posponiendo a la razón social a su firma personal, la representará con las más amplias facultades. CAPITAL SOCIAL: $345.000.000 (trescientos cuarenta y cinco millones de pesos) que los socios aportan, y enteran de la siguiente forma: UNO) Don MAURICIO OSVALDO YAÑEZ ESCOBAR, ya individualizado en la comparecencia aporta la suma de trescientos cuarenta y un millones quinientos cincuenta mil pesos moneda curso legal, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social, suma que el socio aporta y paga en este acto de la siguiente forma: A) Con el aporte en propiedad del inmueble ubicado en calle Media Luna número veinte mil novecientos dos, que corresponde al lote F nueve del Conjunto Habitacional Pórtico del Valle, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE Y NORORIENTE, en dos tramos, cuatro coma cero metros aproximadamente con la intersección de las calles El Rodeo con la calle Medialuna y en diecisiete coma noventa y tres metros aproximadamente en línea quebrada con calle El Rodeo; SUR, en veintiséis coma cuarenta y nueve metros aproximadamente en línea recta con lote F ocho; ORIENTE, en dieciséis coma sesenta y siete metros aproximadamente en línea recta con lote F diez; PONIENTE, en dos tramos, en dieciocho coma ochenta y seis metros aproximadamente en línea recta con calle Medialuna. Y de derechos equivalentes a un cero coma cuarenta y cuatro por ciento sobre el bien comuna Lote H Un o lote Acceso, de la manzana H, del Loteo Pórtico del Valle, que deslinda: NORORIENTE, en línea recta, con calle El Rodeo; SURPONIENTE, en línea recta, con calle El Rodeo; SURORIENTE, en línea curva, con calle El Fundo; NORPONIENTE, en línea curva, con Avenida El Canal. Y además derechos equivalentes a un cero coma cuarenta y cuatro por ciento sobre el bien común Lote H veintiséis o lote Sala de uso Múltiple, de la manzana H, del Loteo Pórtico del Valle, que deslinda: NORTE, en veintiuno coma sesenta y cinco metros aproximadamente, en línea curva con calle El Rodeo; SURPONIENTE, en cuarenta y ocho coma treinta y seis metros aproximadamente, en línea curva con calle El Rodeo; ORIENTE, en cuarenta y ocho coma cero nueve metros aproximadamente, en línea curva con Área Verde Uno; NORPONIENTE, en diez coma treinta metros aproximados en línea curva con calle El Rodeo. Adquirió dicho inmueble por compra que le hizo al FONDO DE INVERSION PRIVADO CORDILLERA I, administrado por la sociedad ADMINISTRADORA CORDILLERA S.A., según escritura de fecha doce de Mayo del año dos mil nueve, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, Repertorio cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho, en el precio y forma de pago pactadas en dicha escritura. El título de dominio se encuentra inscrito a nombre del aportante a fojas treinta y un mil quinientos ocho bajo el número cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y seis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil nueve. El rol de avalúo de la propiedad rola bajo el número seis mil seiscientos treinta y siete guion uno de la comuna de Pudahuel. Las partes avalúan el inmueble aportado en la suma de ciento ochenta millones de pesos que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Queda ingresado el aporte a la caja social. B) Con el aporte en propiedad del Inmueble correspondiente al departamento número setecientos dos del Módulo Veintidós, del uso y goce exclusivo del estacionamiento número cuatrocientos cuatro, del Condominio E Altos de Mirasol II, Lote E, construido en el Lote E producto de subdivisión del lote dos original y de la anexión predial que se hizo al mismo con parte del lote D en que se había subdividido el lote uno, ubicado en la comuna de Algarrobo, Provincia de San Antonio, Quinta Región, del plano agregado al final del Registro de Propiedad del año dos mil cuatro, bajo el numero doscientos treinta y nueve, tiene una superficie de cuatro mil novecientos metros cuadrados conformado por el polígono H-VW-X-F-H, y los siguientes: AL NORTE, en cuarenta y uno metros con el lote A de esta subdivisión del lote numero dos; AL ORIENTE, en dos metros con el mismo lote A y en once metros con lote D de la misma subdivisión; AL NORORIENTE, en sesenta metros con el lote D de la misma subdivisión; al suroriente, en ochenta metros con comunidad número once Mirasol hoy villa Esperanza; ALL PONIENTE, en ciento cinco metros con el ensanche del camino público de Algarrobo a Mirasol. Se comprende en el dominio los derechos de dominio y uso y goce de los bienes comunes de toda la edificación en la forma y proporción establecida en la ley diecinueve mil quinientos treinta y siete y en el Reglamento de Copropiedad conforme al plano agregado al final del Registro de propiedad del año dos mil siete, bajo el cuatrocientos noventa y cinco.- El aportante lo adquirió por compra que le hizo a la SOCIEDAD INMOBILIARIA ALTOS DE MIRASOL LIMITADA, según escritura de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil ocho, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don Rene Benavente Cash, en el precio y forma de pago pactadas en dicha escritura. El título de dominio a favor del aportante rola inscrito a fojas mil trescientos bajo el número mil seiscientos setenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, correspondiente al año dos mil ocho. El rol de avalúo de la propiedad rola bajo el número quinientos ochenta y dos guion ciento cincuenta y seis de la comuna de Algarrobo. Las partes avalúan los derechos del inmueble aportado en la suma de ochenta millones de pesos que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Queda ingresado el aporte a la caja social. C) Con el aporte en propiedad del inmueble ubicada en calle Los Acacios número mil setecientos cuarenta y cinco, que corresponde al sitio cuatrocientos sesenta y tres de la manzana veintidós, del plano de la Población Matucana, Comuna de Renca, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, sitio cuatrocientos sesenta y cuatro; SUR, sitio cuatrocientos cincuenta y seis, cuatrocientos cincuenta y siete; ORIENTE, en cuatrocientos cincuenta y ocho y parte del cuatrocientos cincuenta y nueve; PONIENTE, calle de Los Acacios. El aportante lo adquirió por compra que le hizo a JOSE GAMALIER CARRASCO MORALES, según escritura de fecha cinco de junio del año dos mil quince, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don Félix Jara Cadot, repertorio numero dieciséis mil novecientos cincuenta y tres, en el precio y forma de pago pactadas en dicha escritura. El título de dominio a favor del aportante rola inscrito a fojas cuarenta y tres mil setecientos treinta bajo el número sesenta y cuatro mil setecientos treinta y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil quince. El rol de avalúo de la propiedad rola bajo el número cuatrocientos dos guion siete de la comuna de Renca. Las partes avalúan los derechos del inmueble aportado en la suma de setenta millones de pesos que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Queda ingresado el aporte a la caja social. D) Con el aporte en propiedad del vehículo motorizado tipo JEEP, marca TOYOTA, modelo FJ CRUISER LIMITED 4X4 4.0 AUT, numero de motor 1GR5689786, numero de chasis JTEBU11F69K053451, color blanco silver metal, año dos mil nueve, placa patente única BWPT.99-6.- Las partes avalúan los derechos del inmueble aportado en la suma de once millones quinientos cincuenta mil pesos que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Queda ingresado el aporte a la caja social. DOS) Doña MARIELA IVONNE CARRASCO BLANCO, ya individualizada en la comparecencia aporta la suma de tres millones cuatrocientos cincuenta mil pesos, equivalentes al uno por ciento del capital social, suma que el socio entera y paga en este acto en dinero en efectivo, que es recibido por la sociedad a su entera satisfacción. Queda ingresado el aporte a la caja social. De esta manera los socios dan por pagado el capital social. DURACIÓN: Diez años, prorrogable automática y sucesivamente por periodos iguales a diez años cada uno a menos que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle termino al vencimiento del plazo vigente, primitivo o prorrogado, mediante una declaración en este sentido, otorgado por escritura pública con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periodo en vigencia. DOMICILIO: tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios, agencias o sucursales que puedan establecerse en otros lugares de Chile o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 09 de Enero de 2025. PEDRO R. REVECO HORMAZABAL.