MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA

RUT 76318157-K CVE 2618044
Fecha instrumento
14 de febrero de 2025
Notaría
Copiapó

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2025
Repertorio
129-2025
Notario
Carlos Enrique Morales González
Oficio
Cuarta Notaría de Copiapó
Comuna
Copiapó

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Carlos Enrique Morales González, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Copiapó, con oficio en calle O’Higgins N° 555, Copiapó, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de febrero de 2025 repertorio 129 -2025, otorgada ante mí, doña ANGELA MYRIAM FUENTES ACOSTA, domiciliada en Avelino Díaz 1408, Copiapó, sanea la sociedad de responsabilidad limitada denominada "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", Rut N°76.318.157-K. o “MADISON LTDA.” solo en el sentido de subsanar la no publicación en el escritura pública de fecha 04 de octubre de 2023, repertorio 1151, otorgada ante doña María Soledad Callejas Rodríguez, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Copiapó, cuyo tenor es el siguiente “Don QIAN CHENG, chino, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número veintisiete millones setenta y cuatro mil seiscientos catorce guion cuatro, domiciliado en calle Atacama número cuatrocientos cincuenta y cinco, Copiapó; y don FANFAN SHAN, chino, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones novecientos sesenta y cinco mil seiscientos sesenta guion siete, domiciliado en calle Atacama número cuatrocientos cincuenta y cinco, Copiapó; don JIAWEI LIN, chino, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número veinticinco millones ochocientos ochenta y cuatro mil ciento ocho guion cinco, domiciliado en calle Atacama número cuatrocientos cincuenta y cinco, Copiapó; y don XIAOJUN XU, chino, soltero, comerciante, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones setecientos siete mil cuatrocientos cuarenta y siete guion tres, domiciliado en calle Atacama número cuatrocientos cincuenta y cinco, Copiapó; todos los comparecientes, mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas antes anotadas y exponen: PRIMERO: Antecedentes Sociales. Mediante escritura pública de fecha tres de junio del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fischer Yavar, se constituyó la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", también simplemente llamada, “MADISON LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones trescientos dieciocho mil ciento cincuenta y siete guion K, en adelante e indistintamente la "Sociedad". Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil trece a fojas mil doscientos tres vuelta, bajo el número mil doscientos ochenta y cinco, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha doce de junio del año dos mil trece número cuarenta mil quinientos ochenta y dos. La primera modificación de la Sociedad, consta en escritura pública de fecha tres de octubre del año dos mil trece otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fischer Yavar. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil trece a fojas dos mil cuatrocientos setenta y ocho, bajo el número dos mil cuatrocientos noventa y ocho, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil trece número cuarenta mil setecientos ocho. La segunda modificación de la Sociedad, consta en escritura pública de fecha nueve de junio del año dos mil catorce otorgada en la Notaría de Copiapó de don Luis Alberto Contreras Fuentes. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil catorce a fojas mil ciento setenta y tres vuelta, bajo el número mil ciento sesenta y seis, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha catorce de junio del año dos mil catorce número cuarenta mil ochocientos ochenta y dos. La tercera modificación de la Sociedad, consta en escritura pública de fecha veintitrés de enero del año dos mil quince otorgada en la Notaría de Copiapó de don Luis Ignacio Manquehual Mery. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil quince a fojas cuatrocientos cincuenta y siete, bajo el número cuatrocientos dos y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha veintinueve de enero del año dos mil quince número cuarenta y un mil sesenta y nueve. La cuarta modificación de la Sociedad, consta en escritura pública de fecha trece de diciembre del año dos mil diecisiete otorgada en la Notaría de Copiapó de don Luis Ignacio Manquehual Mery. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año dos mil diecisiete a fojas dos mil doscientos cuarenta vuelta, bajo el número mil ochocientos sesenta y dos, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha veintidós de diciembre del año dos mil diecisiete número cuarenta y un mil novecientos treinta y nueve. La quinta modificación de la Sociedad, consta en escritura pública de fecha 07 enero 2020, otorgada en la Notaría de Copiapó de don Pedro Felipe Villarino Krumm, ante su suplente don Osvaldo Manthey Pinto. Un extracto de dicha escritura pública se inscribió en el Registro de Comercio de Viña del Mar del año 2020 a fojas 66 vuelta, bajo el número 48, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha 10 enero 2020 número 42.549. Todas las inscripciones anteriormente referidas, se encuentran inscritas en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Viña del Mar. La sexta modificación de la Sociedad, consta en escritura pública de fecha 04 de octubre 2023, Repertorio 1151, otorgada ante doña María Soledad Callejas Rodríguez, notaria interina de la Cuarta Notaria de Copiapó. Dicha escritura no fue inscrita oportunamente en el Registro de Comercio de Viña del Mar, esto, por no publicarse dentro del plazo legal el respectivo extracto de modificación en el Diario Oficial, ante lo cual, se encuentra en proceso de saneamiento. Todas las inscripciones anteriormente referidas, se encuentran inscritas en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Viña del Mar.- SEGUNDO: Socios. Actualmente, los únicos socios de la Sociedad son: A) don QIAN CHENG, dueño del noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y B) don FANFAN SHAN, dueño del uno por ciento de los derechos sociales. TERCERO: En este acto los actuales socios vienen en modificar la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", en los siguientes aspectos: Uno) Se retira de la sociedad el socio don QIAN CHENG, quien vende, cede y transfiere el total de su participación y derechos en la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", equivalentes al NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO del capital social, en la siguiente forma: Uno. uno) A don JIAWEI LIN, quien compra, adquiere y acepta para sí, el noventa por ciento de los derechos en el capital de la sociedad. El precio de esta cesión asciende a la suma de veintiséis millones setecientos mil pesos, valor que el adquirente paga en este acto al contado en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir dicho valor a su entera y total satisfacción. Uno. dos) A don XIAOJUN XU, quien compra, adquiere y acepta para sí, el nueve por ciento de los derechos en el capital de la sociedad. El precio de esta cesión asciende a la suma de tres millones de pesos, valor que el adquirente paga en este acto al contado en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir dicho valor a su entera y total satisfacción. Dos) Se retira de la sociedad el socio don FANFAN SHAN, quien vende, cede y transfiere el total de su participación y derechos en la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", equivalentes al UNO POR CIENTO del capital social a don XIAOJUN XU, quien los compra, adquiere y acepta para sí, el uno por ciento de los derechos en el capital de la sociedad. El precio de esta cesión asciende a la suma de trescientos mil pesos, valor que el adquirente paga en este acto al contado en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir dicho valor a su entera y total satisfacción. Los socios don FANFAN SHAN, y don QIAN CHENG, aceptan recíprocamente cada uno de ellos, el retiro de estos como socios de la sociedad, y la venta de sus derechos sociales a don JIAWEI LIN, y a don XIAOJUN XU, en las proporciones anteriormente indicadas. Como consecuencia de esta cesión, quedan, a contar de esta fecha, como únicos socios de la sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", don JIAWEI LIN, con una participación equivalente al noventa por ciento en el capital social; y don XIAOJUN XU, con una participación equivalente al diez por ciento en el capital social. Tres) Por las presentes cesiones de derechos efectuadas por don QIAN CHENG, y por don FANFAN SHAN, las responsabilidades de estos últimos por los negocios sociales se entenderán extinguidas a contar de esta fecha, aún en aquellas operaciones en que hubiere intervenido a cualquier título, responsabilidad que asumen desde esta fecha los socios don JIAWEI LIN y don XIAOJUN XU, como asimismo la propia sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA". Cuatro) Para los efectos legales tributarios, la sociedad modificada por el presente instrumento, se hace responsable de las obligaciones que pudieren surgir con ocasión del ingreso de los nuevos socios. CUARTO: Que, en consecuencia, y en virtud de las cesiones de derechos señaladas precedentemente, quedan como únicos socios de la sociedad denominada "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", don JIAWEI LIN y don XIAOJUN XU, en las proporciones indicadas en la cláusula tercera de la presente escritura. QUINTO: Constancia. Se deja constancia que en las cesiones de derechos referidas en la cláusula tercera de este instrumento, los cedentes entienden ceder y transferir y los adquirentes o cesionarios comprar, aceptar y adquirir, en las proporciones detalladas en dicha cláusula tercera, los derechos, cuotas, ingresos proporcionales acumulados o participaciones que a los cedentes les correspondían en la Sociedad a cualquier título, incluidos los derechos en las utilidades que eventualmente estuvieren acumuladas hasta la fecha, en el fondo de utilidades tributarias e incluso en los resultados no determinados del ejercicio comercial que termina el treinta y uno de Diciembre del año dos mil veintidós, y además en los resultados no determinados del ejercicio comercial que termina el treinta y uno de Diciembre del año dos mil veintitrés, otorgándose las partes cedentes y los cesionarios, y la Sociedad misma el más amplio y completo finiquito respecto de la cesión de derechos declarando que no tienen entre ellos cargos ni reclamos que formularse. SEXTO: Socios actuales. En virtud de las cesiones de derechos a que se hace mención en las cláusulas precedentes, quedan como únicos y actuales socios de la Sociedad "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA": A.) Don JIAWEI LIN, dueño del noventa por ciento de los derechos sociales; y B.) Don XIAOJUN XU, dueño del diez por ciento de los derechos sociales. SÉPTIMO: Modificación social. Los únicos y actuales socios acuerdan las siguientes modificaciones al pacto social. Uno) Modifican el artículo quinto de los estatutos sociales de "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA", únicamente en el sentido de que la Administración, uso de la razón social y representación de la sociedad, como la dirección de los negocios sociales le corresponderá a don JIAWEI LIN y a don XIAOJUN, ya individualizados, quienes podrán actuar en forma conjunta y/o separadamente con todas las facultades indicadas en la cláusula quinta de la escritura de constitución de la sociedad. Dos) Modifican el artículo sexto de los estatutos sociales de "COMERCIALIZADORA MADISON LIMITADA" en el sentido que el capital de la sociedad es la cantidad de treinta millones de pesos que se encuentra íntegramente aportado y enterado en dinero efectivo a la caja social de la siguiente manera: A.) Don JIAWEI LIN, veintiséis millones setecientos mil pesos, equivalente al noventa por ciento del capital social; y B.) Don XIAOJUN XU, tres millones trescientos mil pesos, equivalente al diez por ciento del capital social. OCTAVO: Vigencia de estatutos sociales. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantiene vigente el estatuto social primitivo, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Copiapó, 27 de febrero de 2025.-