CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ELGUETA Y CATALÁN ABOGADOS LIMITADA

CVE 2617428
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
20 de febrero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de febrero de 2025
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
3 años, contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables automáticamente por períodos iguales de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios resuelva ponerle término lo cual deberá efectuar mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con, a lo menos, 90 días de anticipación

Objeto social

La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro, todo lo cual será prestado por intermedio de los socios, asociados y)o con la colaboración de dependientes que ayuden a la prestación del servicio o asesoría profesional. Administración y Uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42º Notaría de Santiago, Suplente del Titular, don ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo 3001, segundo piso, comuna de Las Condes, certifica que por escritura pública de fecha 20 de febrero de 2025, ante mi, don ALEJANDRO ELGUETA SÁNCHEZ y doña ANGÉLICA PAZ CATALÁN APPELGREN, ambos domiciliados en Av. Kennedy 7753, depto. 1402, Las Condes, constituyen sociedad de responsabilidad limitada monto respectivos aportes. Razón Social: ELGUETA Y CATALÁN ABOGADOS LIMITADA pudiendo actuar, incluso ante los bancos, terceros y el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía EYC ABOGADOS LTDA. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en el resto del país o en el extranjero. Objeto: La prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro, todo lo cual será prestado por intermedio de los socios, asociados y/o con la colaboración de dependientes que ayuden a la prestación del servicio o asesoría profesional. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá en forma individual a ambos socios, con amplias facultades pacto social. Capital: $500.000, que los socios enterarán y pagarán siguiente forma: ALEJANDRO ELGUETA SÁNCHEZ, $250.000 y ANGÉLICA PAZ CATALÁN APPELGREN, $250.000, según necesidades sociales y en plazo máximo de 3 años. Duración: 3 años, contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables automáticamente por períodos iguales de 3 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios resuelva ponerle término lo cual deberá efectuar mediante declaración hecha por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con, a lo menos, 90 días de anticipación. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero 2025.