Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2025
- Notario
- JAIME ANDRÉS MORANDÉ CASTELBLANCO
- Oficio
- Quinta Notaría de Coquimbo Suplente de la titular doña María José Montesino Bianchi
Sociedad
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Tendrá por objeto la producción, grabación, distribución y comercialización de música y espectáculos en vivo; la representación y gestión de artistas; la organización y promoción de eventos y conciertos; la prestación de servicios de producción audiovisual y diseño sonoro; la creación y comercialización de productos de merchandising relacionados con la industria musical; la explotación de derechos de autor y propiedad intelectual en el ámbito musical; la formación y capacitación en disciplinas artísticas y musicales; la contratación de músicos adicionales y profesionales necesarios para el desarrollo y proyección de la banda; la administración y explotación comercial del nombre artístico de la banda, así como cualquier otra actividad conexa que contribuya al desarrollo y expansión del
Administración
La administración y representación de la sociedad corresponderá a Juan Pablo Lara Muñoz y Nicole Karenna Ibáñez Tamblay, quienes podrán actuar conjunta o separadamente con todas las facultades indicadas en los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRÉS MORANDÉ CASTELBLANCO, abogado, Notario Público de la Quinta Notaría de Coquimbo Suplente de la titular doña María José Montesino Bianchi, con oficio en Regimiento Arica 1641, Local 101, Strip Center El Tambo de Peñuelas, certifico: que por escritura pública de hoy, ante mí: Juan Pablo Lara Muñoz, chileno, soltero, intérprete bilingüe, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos veinticuatro mil novecientos veintinueve guion siete, domiciliado en Exequiel Fernández número cincuenta y cinco, departamento seiscientos uno, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, y Nicole Karenna Ibáñez Tamblay, chilena, soltera, ingeniera civil industrial, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos setenta y cuatro mil trescientos sesenta y dos guion ocho, domiciliada en Exequiel Fernández número cincuenta y cinco, departamento seiscientos uno, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quienes constituyen una Sociedad por Acciones bajo las siguientes estipulaciones principales: NOMBRE: La sociedad se denominará "MISS JACK SpA". OBJETO: Tendrá por objeto la producción, grabación, distribución y comercialización de música y espectáculos en vivo; la representación y gestión de artistas; la organización y promoción de eventos y conciertos; la prestación de servicios de producción audiovisual y diseño sonoro; la creación y comercialización de productos de merchandising relacionados con la industria musical; la explotación de derechos de autor y propiedad intelectual en el ámbito musical; la formación y capacitación en disciplinas artísticas y musicales; la contratación de músicos adicionales y profesionales necesarios para el desarrollo y proyección de la banda; la administración y explotación comercial del nombre artístico de la banda, así como cualquier otra actividad conexa que contribuya al desarrollo y expansión del objeto social. Además, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o complementaria a su objeto principal, sin que esta enunciación sea taxativa. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad corresponderá a Juan Pablo Lara Muñoz y Nicole Karenna Ibáñez Tamblay, quienes podrán actuar conjunta o separadamente con todas las facultades indicadas en los estatutos sociales. CAPITAL: El capital social será de un millón de pesos chilenos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. La distribución del capital será la siguiente: Juan Pablo Lara Muñoz suscribe cincuenta acciones, equivalentes a quinientos mil pesos chilenos, y Nicole Karenna Ibáñez Tamblay suscribe cincuenta acciones, equivalentes a quinientos mil pesos chilenos. Dicho capital deberá ser enterado dentro del plazo de cinco años a contar de la fecha de constitución de la sociedad, conforme a lo dispuesto en la Ley número veinte mil ciento noventa. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Las demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Coquimbo, 25 de febrero de 2025.-