SERVICIOS SANITARIOS Y ELÉCTRICOS RG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2024
- Notario
- Ante mi ALEJANDRO GÓMEZ CORTÉS
- Oficio
- Primera Notaría de esta ciudad
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La construcción de obras sanitarias, de gas u otros como reparaciones, remodelaciones y construcción de casas e instalaciones eléctricas, tableros, cableados de distribución eléctrica u otros trabajos dentro del rubro eléctrico, por cuenta propia o ajena, para casas habitación, edificios de propiedad horizontal, plantas industriales, puentes, caminos, obras hidráulicas y toda otra clase de obras de ingeniería y)o arquitectura, en cualquier punto del país, tanto para entes públicos o privados. b) La ejecución de locaciones de obre o de servicios necesarios para obras eléctricas, sanitarias y de gas. c) La prestación de servicios de asesoría técnica en materia eléctrica sanitaria. d) La compra, venta, distribución, fabricación, arriendo, importación, exportación, comercialización, reparación o modificación de materiales y)o artículos relacionados con la industria de la construcción, industria de gas, sanitaria y)o eléctrica. 1.- Producir y distribuir agua potable, recolectar, tratar, descontaminar y disponer de aguas servidas, y desarrollar otras prestaciones relacionadas con estas actividades. Servicios de alcantarillado. Pudiendo realizar todas las demás prestaciones relacionadas con dicha actividad, en los términos de la Ley General de Servicios Sanitarios y demás disposiciones complementarias. 2.- Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica. distribución de energía eléctrica, sin perjuicio de poder desarrollar todas aquellas actividades complementarias a la distribución de energía eléctrica autorizadas por ley, por reglamento o por disposiciones de autoridades. En consecuencia, dentro del objeto social están comprendidas todas aquellas actividades económicas imprescindibles, destinadas o bien, que contribuyan a prestar el servicio público o privado eléctrico de distribución, en conformidad con las exigencias que establezca la ley y la normativa vigente y en especial las siguientes actividades: a) El transporte de energía eléctrica por redes de distribución con el objeto de suministrar electricidad a usuarios finales ubicados en las correspondientes zonas de concesión de sociedad, o bien a usuarios finales ubicados fuera de dichas zonas, que se conecten a las instalaciones de la sociedad mediante líneas propias o de terceros; b) La compra y venta de energía y potencia que debe efectuar la sociedad para aquellos usuarios finales que sean suministrados por ésta, en conformidad a la ley; c) El uso de instalaciones que conformen la red de distribución que permita la inyección, retiro o la gestión de energía eléctrica; d) La prestación de todos los servicios que por ley deben proporcionar las empresas concesionarias de servicio público eléctrico de distribución, incluyendo servicios y productos que estén asociados a la distribución de energía eléctrica que por razones de seguridad o su propia naturaleza puedan ser prestados únicamente por la empresa concesionaria de distribución o a través de un tercero por cuenta de ella; y e) Los servicios que provean las concesionarias utilizando infraestructura o recursos que sean esencialmente necesarios para la prestación de los demás servicios prestados por las empresas concesionarias de distribución de electricidad, cuya utilización compartida con otros servicios sea imprescindible o eficiente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio a la inversión de sus fondos disponibles; y en general, la sociedad podrá efectuar cualquier actividad que la Junta de Accionistas acuerde, en sesión extraordinaria, especialmente convocada al efecto. 3.- El monto a que asciende el capital suscrito y pagado de la sociedad, asciende a la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAnte mi ALEJANDRO GÓMEZ CORTÉS, Abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de esta ciudad, con oficio en calle Ortiz de Rozas número ochocientos treinta y seis, certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2024, REP. N°2149: don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, chileno, casado, instalador sanitario, de cuarenta y nueve años, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos cuarenta y seis guion nueve, domiciliado en Emilio Núñez doscientos cuarenta y uno, Población Estadio, La Laguna, comuna de Zapallar, región de Valparaíso y don JORGE DANIEL RAMÍREZ GAJARDO, chileno, electricista, soltero, cuarenta y cuatro años, cédula de identidad número catorce millones quinientos cuarenta y seis mil novecientos setenta y tres guion dos; domiciliado en Emilio Núñez doscientos cuarenta y uno, La Laguna, comuna de Zapallar, región de Valparaíso, transformaron y modificaron la Sociedad, en el siguiente sentido: 1.- El cedente, don JORGE DANIEL RAMÍREZ GAJARDO, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos o acciones adquiridos sobre la referida sociedad, equivalentes en total al 1% del interés social al cesionario don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de los derechos. b) En consecuencia, don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, pasa a ser el único socio en la respectiva sociedad. c) Quedando modificada la participación social de la siguiente manera: don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO con el 100% de los derechos sociales. 2.- Don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, en la calidad que inviste de único socio, modificó la sociedad denominada “SERVICIOS SANITARIOS Y ELÉCTRICOS RG LIMITADA o RG LTDA.", transformándola de sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones. NOMBRE DE LA SPA: “SERVICIOS SANITARIOS Y ELÉCTRICOS RG S.p.A. o RG S.p.A.”. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD: Corresponderá a don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, con amplias facultades. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La construcción de obras sanitarias, de gas u otros como reparaciones, remodelaciones y construcción de casas e instalaciones eléctricas, tableros, cableados de distribución eléctrica u otros trabajos dentro del rubro eléctrico, por cuenta propia o ajena, para casas habitación, edificios de propiedad horizontal, plantas industriales, puentes, caminos, obras hidráulicas y toda otra clase de obras de ingeniería y/o arquitectura, en cualquier punto del país, tanto para entes públicos o privados. b) La ejecución de locaciones de obre o de servicios necesarios para obras eléctricas, sanitarias y de gas. c) La prestación de servicios de asesoría técnica en materia eléctrica sanitaria. d) La compra, venta, distribución, fabricación, arriendo, importación, exportación, comercialización, reparación o modificación de materiales y/o artículos relacionados con la industria de la construcción, industria de gas, sanitaria y/o eléctrica. 1.- Producir y distribuir agua potable, recolectar, tratar, descontaminar y disponer de aguas servidas, y desarrollar otras prestaciones relacionadas con estas actividades. Servicios de alcantarillado. Pudiendo realizar todas las demás prestaciones relacionadas con dicha actividad, en los términos de la Ley General de Servicios Sanitarios y demás disposiciones complementarias. 2.- Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica. distribución de energía eléctrica, sin perjuicio de poder desarrollar todas aquellas actividades complementarias a la distribución de energía eléctrica autorizadas por ley, por reglamento o por disposiciones de autoridades. En consecuencia, dentro del objeto social están comprendidas todas aquellas actividades económicas imprescindibles, destinadas o bien, que contribuyan a prestar el servicio público o privado eléctrico de distribución, en conformidad con las exigencias que establezca la ley y la normativa vigente y en especial las siguientes actividades: a) El transporte de energía eléctrica por redes de distribución con el objeto de suministrar electricidad a usuarios finales ubicados en las correspondientes zonas de concesión de sociedad, o bien a usuarios finales ubicados fuera de dichas zonas, que se conecten a las instalaciones de la sociedad mediante líneas propias o de terceros; b) La compra y venta de energía y potencia que debe efectuar la sociedad para aquellos usuarios finales que sean suministrados por ésta, en conformidad a la ley; c) El uso de instalaciones que conformen la red de distribución que permita la inyección, retiro o la gestión de energía eléctrica; d) La prestación de todos los servicios que por ley deben proporcionar las empresas concesionarias de servicio público eléctrico de distribución, incluyendo servicios y productos que estén asociados a la distribución de energía eléctrica que por razones de seguridad o su propia naturaleza puedan ser prestados únicamente por la empresa concesionaria de distribución o a través de un tercero por cuenta de ella; y e) Los servicios que provean las concesionarias utilizando infraestructura o recursos que sean esencialmente necesarios para la prestación de los demás servicios prestados por las empresas concesionarias de distribución de electricidad, cuya utilización compartida con otros servicios sea imprescindible o eficiente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio a la inversión de sus fondos disponibles; y en general, la sociedad podrá efectuar cualquier actividad que la Junta de Accionistas acuerde, en sesión extraordinaria, especialmente convocada al efecto. 3.- El monto a que asciende el capital suscrito y pagado de la sociedad, asciende a la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos).