Instrumento
- Fecha
- 24 de febrero de 2025
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Pública de Santiago
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.762.143.973 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular 38ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: con fecha 30 de diciembre de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con la misma fecha con mi presencia, de la sociedad “ROBOTEC S.A.”, inscrita a fojas 7.387, número 4.050, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Santiago del año 2019. La Junta por la unanimidad de los accionistas presentes aprobó las siguientes materias: I.- Aumento de capital y emisión de nuevas acciones de pago: aprobó aumentar el capital en la suma de $5.762.143.973, mediante la emisión de 576.214 acciones, esto es, desde la suma de $375.000.000, dividido en 37.500 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, a la suma final de $6.137.143.973, dividendo en 613.714 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, el cual es íntegramente suscrito y pagado. II.- Modificaciones estatutarias: con motivo del acuerdo indicado precedentemente, la unanimidad de las acciones aprobó modificar los estatutos sociales, reemplazando íntegramente el artículo quinto, relativo al capital social y el artículo primero transitorio, relativo a la suscripción y pago del capital social, por los del siguiente tenor extractado: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $6.137.143.973, dividendo en 613.714 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, el cual se suscribe y paga de conformidad a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de estos estatutos”. “Artículo Primero Transitorio: El capital de la sociedad es la suma de $6.137.143.973 dividido en 613.714 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado por sus accionistas”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada las cuales no son materia de extracto. Santiago, 24 de febrero de 2025. María Soledad Lascar Merino, Notario Público.