Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.028.973.581 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago; c)
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen; d)
Administración
El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá única y exclusivamente a doña Maria Alejandra Rivero Modrego, quien actuando de forma individual y anteponiendo la razón social a su firma, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de 30 de diciembre de 2024, ante mí: i) doña María Alejandra Rivero Modrego; quien como actual y única accionistas, según Registro de Accionistas tenido a la vista, de la sociedad INVERSIONES LICANCABUR SUR SpA, inscrita a fojas 49.455 número 20.165 del Registro de Comercio de Santiago del año 2024, acordó modificación y división de la sociedad. Por efectos de la división social acordada, la actual y única accionista de la sociedad “INVERSIONES LICANCABUR SUR SpA” ya singularizada, constituyó una Sociedad por Acciones y acordó que sus estatutos son los siguientes: a) Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será INVERSIONES LICANCABUR SUR II SpA pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “LICANCABUR SUR II SpA”; b) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago; c) Objeto: La sociedad tendrá por objeto, la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen; d) Duración: Indefinida; e) Capital: El capital social es la suma única y total de $6.028.973.581, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas por la accionista en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales; e) Administración: El uso de la razón social, administración y representación de la sociedad corresponderá única y exclusivamente a doña Maria Alejandra Rivero Modrego, quien actuando de forma individual y anteponiendo la razón social a su firma, contará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de febrero de 2025.-