VILLALOBOS AUDITORES, PERITOS Y CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2025
- Repertorio
- 2769/2025
- Notario
- RODRIGO ANDRÉS FARÍAS PICÓN
- Oficio
- 1ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Objeto social
i) Prestar servicios de auditoría; ii) Prestar servicios de peritajes; iii) Prestar servicios de asesoría y consultoría contable, financiera y tributaria; iv) Prestar servicios de contabilidad; v) Prestar servicio de educación y capacitación; vi) Prestar servicios de representación a empresas nacionales y)o extranjeras en materias de asesorías económicas, gerenciales, administrativas y de comercio exterior, en todos los ámbitos relacionadas a dichas áreas; vii) Ejecutar servicios de investigación de mercado; viii) Diligenciar y efectuar servicios de gestión de administración por cuenta de terceros, y, ix) Implementar, revisar y auditar de modelos de control internos y gestión de riesgos”. - En todo lo no modificado por el presente in strumento, subsiste lo estipulado en el pacto social y sus modificaciones.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRÉS FARÍAS PICÓN, abogado, Notario Público Interino 1ª Notaría Santiago, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de 20 de Febrero de 2025, ante mí, Repertorio Nº 2.769 / 2025, don LUIS ALBERTO VILLALOBOS ARACENA, chileno, casado, contador auditor, C.I. Nº 12.816.676-9; don EFRÉN ARMANDO CARREÑO ROJAS, chileno, casado, contador general, C.I. Nº 7.910.563-5, y don ROBERTO HERNAN REYES SAN MARTIN, chileno, casado, ingeniero comercial, C.I. Nº 15.220.304 -7, todos con domicilio en Paseo Huérfanos Nº 757, oficina Nº 610, comuna de Santiago, Región Metropolitana; modifican sociedad VILLALOBOS AUDITORES, PERITOS Y CONSULTORES LIMITADA, Rut: 76.548.105 -8, constituida por escritura pública de fecha 21 de Abril de 2016, en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, bajo la razón social VILLALOBOS AUDITORES, PERITOS Y CONSULTORES SpA, inscrita en extracto a Fojas 32.995, Nº 18.269 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, Año 2016, y pu blicado en Diario Oficial el 16 de Mayo de 2016, cuyo capital social actual corresponde a la suma $20.000.000; en el siguiente sentido: UNO) Don LUIS ALBERTO VILLALOBOS ARACENA, vende, cede y transfiere, a don EFRÉN ARMANDO CARREÑO ROJAS, quien adquiere para sí, el 2% de la participación del cedente en la Sociedad, en la suma única y total de $400.000 que se pagan en este acto, al contado, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción, otorgándose el más total, completo y definitivo finiquito respecto de dicha cesión.- Asimismo, don LUIS ALBERTO VILLALOBOS ARACENA, vende, cede y transfiere, a don ROBERTO HERNÁN REYES SAN MARTÍN, quien adquiere para sí, el 2% de la participación del cedente en la Sociedad, en la suma única y total de $400. 000 que se pagan en este acto, al contado, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción, otorgándose el más total, completo y definitivo finiquito respecto de dicha cesión.- En consecuencia, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad VILLALOBOS AUDITORES, PERITOS Y CONSULTORES LIMITADA, don LUIS ALBERTO VILLALOBOS ARACENA, con un 95% del capital social; don EFRÉN ARMANDO CARREÑO ROJAS, con un 3% del capital social, y don ROBERTO HERNÁN REYES SAN MARTÍN, con un 2% del capital social.- DOS) Los únicos y actuales acuerdan modificar la cláusula quinto del pacto social, sustituyéndola por la siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $20.000.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: 1) Don LUIS ALBERTO VILLALOBOS ARACENA, con la suma de $19.000.000, equivalentes al 95% del capital social; 2) Don EFRÉN ARMANDO CARREÑO ROJAS, con la suma de $600.000, equivalentes al 3% del capital social; y 3) Don ROBERTO HERNÁN REYES SAN MARTÍN, con la suma de $400.000, equivalentes al 2% del capital social, todo ya ingresados en caja social”.- y, TRES) Asimismo, los únicos y actuales acuerdan modificar la cláusula tercero del pacto social, sustituyéndola por la siguiente: “TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: i) Prestar servicios de auditoría; ii) Prestar servicios de peritajes; iii) Prestar servicios de asesoría y consultoría contable, financiera y tributaria; iv) Prestar servicios de contabilidad; v) Prestar servicio de educación y capacitación; vi) Prestar servicios de representación a empresas nacionales y/o extranjeras en materias de asesorías económicas, gerenciales, administrativas y de comercio exterior, en todos los ámbitos relacionadas a dichas áreas; vii) Ejecutar servicios de investigación de mercado; viii) Diligenciar y efectuar servicios de gestión de administración por cuenta de terceros, y, ix) Implementar, revisar y auditar de modelos de control internos y gestión de riesgos”. - En todo lo no modificado por el presente in strumento, subsiste lo estipulado en el pacto social y sus modificaciones. - Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 24 de Febrero 2025.- R. A. Farías P., Not. Púb. Interino.