CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES QUANTAP SpA

RUT 16141582-0 CVE 2616034
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de febrero de 2025
Notaría
Quillota
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2025
Repertorio
280-2025
Notario
JULIO JORGE ABUYERES JADUE
Oficio
Primera Notaría de Quillota
Comuna
Quillota

Sociedad

N. fantasía
“INVERSIONES QUANTAP”
Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Viña del Mar, Región de Valparaíso
Duración
La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período

Objeto social

El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don NELSON EDUARDO VEGA MOYA, quien podrá actuar y representar a la Sociedad con las facultades señaladas en dicha escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO JORGE ABUYERES JADUE, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Quillota, con oficio en esta ciudad, en calle Pudeto Nº 398, certifica: Mediante escritura pública de fecha 17 de febrero de 2025, Repertorio N°280-2025, ante mí, NELSON EDUARDO VEGA MOYA, cédula de identidad número 16.141.582-0, domiciliado para estos efectos en calle 1 Oriente número 132, departamento 1502, ciudad y comuna de Viña del Mar, constituyó sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes del Título VII del Libro II del Código de Comercio y supletoriamente, en aquellas materias no reguladas por sus estatutos, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por sus estatutos. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: "INVERSIONES QUANTAP SpA", nombre de Fantasía: “INVERSIONES QUANTAP”. DURACIÓN: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los accionistas manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna y ciudad de Viña del Mar, Región de Valparaíso, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don NELSON EDUARDO VEGA MOYA, quien podrá actuar y representar a la Sociedad con las facultades señaladas en dicha escritura. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, aportado en la siguiente forma: NELSON EDUARDO VEGA MOYA, debidamente representada, suscribe y paga en mismo acto de escritura 10.000.- acciones en la suma de $1.000.000.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- En Quillota 24 de Febrero de 2025.