Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2025
- Repertorio
- 867
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Oficio
- Tercera Notaría de este Departamento
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la comuna de Chillán, pudiendo abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración de la sociedad: La duración de la sociedad es indefinida a contar de la fecha de la escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad es la compra, venta, distribución, importación, exportación y transformación de semillas; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y sin perjuicio de otros que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Abogado y Notario Público Titular de la Tercera Notaría de este Departamento, domiciliado en Calle Arauco 390, Chillán CERTIFICO: Que Por Escritura Pública, de Fecha 19-02-2025, Repertorio Nº 867, otorgada ante mi suplente don GUILLERMO VICTOR VÉJAR RODRÍGUEZ: HÉCTOR JEREMÍAS HIGUERA VILLARREAL, cédula nacional de identidad 18.260.979-K, y DIEGO HERNÁN RODRÍGUEZ PALUCI, cédula de identidad extranjeros 22.066.558-5, constituyeron la siguiente sociedad por acciones: Nombre y razón social: El nombre y razón social de la sociedad es CUATRO SEMILLAS SPA. Domicilio Social: El domicilio de la sociedad es la comuna de Chillán, pudiendo abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración de la sociedad: La duración de la sociedad es indefinida a contar de la fecha de la escritura extractada. Objeto social: El objeto de la sociedad es la compra, venta, distribución, importación, exportación y transformación de semillas; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y sin perjuicio de otros que los socios acuerden. Capital Social: El capital social es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS dividido en mil acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, sin privilegio alguno, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: A) HÉCTOR JEREMÍAS HIGUERA VILLARREAL, suscribe quinientas acciones equivalentes a cinco millones de pesos, que paga en este acto, ingresando dicha suma de dinero a la caja social; B) DIEGO HERNÁN RODRÍGUEZ PALUCI, suscribe quinientas acciones equivalentes a cinco millones de pesos, que paga en este acto, ingresando dicha suma de dinero a la caja social. Responsabilidad de los socios: Los socios serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Doy fe. Chillán 19-02-2025.