Servicios Integrales Findraw Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 34801-2024
- Notario
- JOSE TOMAS FABRES BORDEU
- Oficio
- 41ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.167 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público 41ª Notaria de Santiago, Suplente del Titular Félix Jara Cadot, domiciliado en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, Repertorio N° 34.801-2024, ante mí, ANA VIRGINIA GONZÁLEZ ROJAS y JORGE SEBASTIÁN GÁRATE APIOLAZA, por sí y en representación de INVERSIONES FINDRAW LIMITADA, todos domiciliados en Av. Presidente Riesco N° 5.335, oficina 405, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “SERVICIOS INTEGRALES FINDRAW LIMITADA”, inscrita a fojas 105.352 número 44.868 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023, en la cual se adoptó el siguiente acuerdo: Dividir “Servicios Integrales Findraw Limitada” en tres sociedades, una que será ella misma, continuadora legal de la actual sociedad, con su misma personalidad jurídica, y otras dos sociedades que se forman a consecuencia de la división, cuyas razones sociales serán “Inmobiliaria Findraw Limitada” y “Sociedad de Innovación y Desarrollo Tecnológico Findraw Limitada”. A las nuevas sociedades se les asignan los activos y pasivos singularizados en la escritura que extracto y se les distribuye la parte del patrimonio social que allí se indica. Por tanto, se modifican los estatutos de “Servicios Integrales Findraw Limitada” a efectos de disminuir el capital social producto de la división, de la suma actual de $148.649.- a la suma de $2.167.- Así, se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL: El capital social es la suma de $2.167, que los socios aportan y enteran en la siguiente forma: a) Inversiones Findraw Limitada, aporta la suma de $2.145, equivalentes a un 99% de los derechos sociales; b) don Jorge Sebastián Gárate Apiolaza, aporta la suma de $11, equivalentes a un 0,5% de los derechos sociales; y c) doña Ana Virginia González Rojas, aporta la suma de $11, equivalentes a un 0,5% de los derechos sociales”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2025.