MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Rentas Casablanca Limitada

RUT 77942177-5 CVE 2615458
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2024
Notario
Notario Suplente PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROSE MARIE MUÑOZ ALVAREZ, Notario Suplente PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular, 2a Notaría de Santiago, La Dehesa N°1201, local 101, comuna de Lo Barnechea, certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2024, ante mí, Inversiones Río San Pedro Limitada y don Laurence Nelson Golborne Riveros; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3.721, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “Rentas Casablanca Limitada”. Modificaciones consisten en: 1) Aumento de capital. Aumentar el capital de la Sociedad, actualmente ascendente a la suma de $200.000, en la suma de $4.747.670.474. Por lo tanto, el capital social queda fijado en la suma de $4.747.870.474 íntegramente pagado. 2) Modificación de estatutos sociales. Se modificó el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO CUARTO. CAPITAL SOCIAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de cuatro mil setecientos cuarenta y siete millones ochocientos setenta mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: Uno. INVERSIONES RÍO SAN PEDRO LIMITADA, aporta la suma de cuatro mil setecientos cuarenta y siete millones setecientos setenta mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos, equivalentes al noventa y nueve coma nueve nueve ocho por ciento, aproximadamente, del capital y derechos sociales, íntegramente pagados. Dos. Don LAURENCE NELSON GOLBORNE RIVEROS, aporta la suma de cien mil pesos, equivalentes al cero coma cero cero dos por ciento, aproximadamente, del capital y derechos sociales, íntegramente pagados.”. En todo lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, en especial, la estipulación relativa a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2025.