MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Gasco Luz SpA

RUT 76965515-8 CVE 2615646
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2024
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de la 43 Notaría Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que: con fecha 30 de diciembre de 2024, ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria Accionistas de la sociedad Gasco Luz SpA, celebrada con fecha 30 de diciembre de 2024. En la reducción de la escritura pública del acta de la referida Junta constan, entre otros, los siguientes acuerdos y reformas de estatutos: 1) La aprobación de la modificación de los estatutos sociales, ampliando el objeto social, reemplazando el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será la provisión o suministro de energía eléctrica mediante sistemas de generación distribuida, principalmente de origen fotovoltaico a ser instalados en terrenos o techumbres de clientes, los cuales podrán ser complementados con generación y cogeneración mediante otras tecnologías, especialmente basadas en gas o con sistemas de almacenamiento. Para el cumplimento del objeto social, la empresa podrá celebrar toda clase de actos y contratos relacionados con el suministro de energía y potencia eléctrica y calórica, la compra importación, construcción, montaje y explotación de equipos, implementos y accesorios a tal efecto, la prestación y contratación de servicios de ingeniería y permisos relacionados. Para el desarrollo de su objeto social podrá: i) Ejecutar obras de ingeniería energética y el diseño, venta, arrendamiento, gestión, instalación, administración, operación y mantención de sistemas fotovoltaicos, ii) realizar o contratar con terceros la realización de estudios, mediciones, prospecciones, ingeniería y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad de cada proyecto; iii) Solicitar permisos, autorizaciones, servidumbres y franquicias de todo tipo; iv) comprar, vender, importar, exportar, elaborar, producir, comercializar y distribuir bienes, servicios o insumos relacionados con la generación y distribución de energía eléctrica; v) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones, por cuenta propia o con terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración que digan relación con el objeto social principal; y vi) En general, realizar todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a su giro, pudiendo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, ejecutar toda clase de actos comerciales que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la contratación de préstamos y otras formas de financiamiento que se estimen necesario para el desarrollo de sus actividades”. 2) La aprobación de la fusión por incorporación de Generación S SpA. en Gasco Luz SpA, con efecto al 1 de enero de 2025, absorbiendo Gasco Luz SpA. todos los activos y pasivos de la primera, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones; 3) La aprobación de los balances auditados de las sociedades que se fusionan, ambos al 30 de junio de 2024 y el balance pro forma de la sociedad absorbente al 1 de julio de 2024; 4) Se dejó constancia de que, sin perjuicio de la modificación de estatutos referente a la ampliación del objeto social acordada, la fusión por incorporación no requiere una modificación adicional de los estatutos de la Sociedad Absorbente, Gasco Luz SpA, en virtud de que esta es titular del 100% de las acciones de la Sociedad Absorbida, Generación S SpA. Esto implica que no es necesario realizar un aumento de capital ni la emisión de nuevas acciones para la fusión, dado que no existen accionistas distintos a la Sociedad Absorbente en la Sociedad Absorbida a quienes deba compensarse mediante la emisión de nuevas acciones de Gasco Luz SpA; Demás estipulaciones constan en escritura que se extracta. Se faculta al portador del presente extracto para requerir anotaciones e inscripciones que haya lugar conforme a la Ley. Santiago, 20 de febrero de 2025.