MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Forestal y Rentas Cadaques Limitada

RUT 76083380-0 CVE 2615830
Capital
$1.382.492.582 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.382.492.582 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: i) La explotación por cuenta propia o ajena de bienes raíces y)o predios rústicos, sean agrícolas, forestales, ganaderos o de cualquier otra índole, la forestación, reforestación y manejo de predios forestales, la explotación de los mismos, la elaboración, transformación, fabricación y comercialización de los productos que generen dichos predios, la realización de cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente las anteriores y la aplicación a los mismos de las leyes de fomento forestal; y, ii) La realización de inversiones tanto en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y)o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 31 de diciembre de 2024, ante mí, las sociedades Inversiones y Rentas Los Quillayes Limitada, con domicilio en calle Don Carlos 2.939, oficina 1.105, comuna de Las Condes; RiBK SpA, con domicilio en Avenida El Golf número 99, piso 7, comuna de Las Condes; y, Rentas Bilo SpA con domicilio en Avenida Carolina Rabat número 1.030, departamento 31, comuna de Vitacura, en su calidad de únicas y actuales socias de Forestal y Rentas Cadaques Limitada, inscrita a fojas 7.928 número 6.093 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2004, acordaron lo siguiente: (1) Transformar Forestal y Rentas Cadaques Limitada en una sociedad por acciones denominada Forestal y Rentas Cadaques SpA, de cuyos estatutos extracto: Nombre: Forestal y Rentas Cadaques SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: i) La explotación por cuenta propia o ajena de bienes raíces y/o predios rústicos, sean agrícolas, forestales, ganaderos o de cualquier otra índole, la forestación, reforestación y manejo de predios forestales, la explotación de los mismos, la elaboración, transformación, fabricación y comercialización de los productos que generen dichos predios, la realización de cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente las anteriores y la aplicación a los mismos de las leyes de fomento forestal; y, ii) La realización de inversiones tanto en Chile como en el extranjero en toda clase de bienes inmuebles y/o muebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos, por cuenta propia o ajena. Capital: $1.382.492.582, dividido en 3.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. (2) Aumentar el capital de la sociedad desde la cantidad de $1.382.492.582 dividido en 3.000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $3.367.553.798, dividido en 8.976 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, esto es, en la cantidad de $1.985.061.216, mediante la emisión de 5.976 nuevas acciones de pago, de iguales características a las actuales, las que son íntegramente suscritas y pagadas en el acto, por los únicos y actuales accionistas de la sociedad, en la forma indicada en la escritura extractada. Como consecuencia de lo anterior, se acordó reemplazar íntegramente el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. (3) La fusión por incorporación de Inmobiliaria Las Totoras Limitada en Forestal y Rentas Cadaques SpA, la cual subsiste y absorbe a la primera, adquiriendo Forestal y Rentas Cadaques SpA todos los activos y pasivos de Inmobiliaria Las Totoras Limitada, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a Forestal y Rentas Cadaques SpA la totalidad del patrimonio y de los socios de Inmobiliaria Las Totoras Limitada, la cual se disuelve de pleno derecho producto de la fusión. La fusión tiene efecto contable y vigencia a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión, se aumentó el capital de Forestal y Rentas Cadaques SpA desde la cantidad actual de $3.367.553.798 dividido en 8.976 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $3.407.753.798, dividido en 19.377 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, esto es, en la cantidad de $40.200.000, mediante la emisión de 10.401 acciones de iguales características a las actuales, las que son asignadas y distribuidas entre los socios de la sociedad absorbida, en canje por su participación en el capital social de dicha sociedad, todas íntegramente suscritas y pagadas. En consecuencia, se acordó reemplazar el Artículo Quinto de sus estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de tres mil cuatrocientos siete millones setecientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y ocho pesos, dividido en diecinueve mil trescientas setenta y siete acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes, y se han suscrito y pagado en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes.”, y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos, que no se extracta por no ser materia de éste. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 19 de febrero 2025.