AGRÍCOLA LAS CRUZADAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 6529/2024
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $124.771 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRÍCOLA LAS CRUZADAS SpA | socio | 99594530-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino de la Cuadragésima Notaría Santiago, con oficio en calle Teatinos N°332, certifica: por escritura pública de fecha 30 de diciembre del año 2024, Repertorio Nº 6529/2024, ante mí, doña BETINA MARIA WOLFF GOPFERT, don ROBERT WALTER RIEGEL WOLFF, doña VERONICA BETTINA RIEGEL WOLFF, doña STEFFANIE GABRIELA RIEGEL WOLFF y doña DANIELA CRISTINA RIEGEL WOLFF, todos domiciliados en Avenida Las Condes número 11.700, Torre A, oficina 903, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; en su calidad de únicos y actuales accionistas de AGRÍCOLA LAS CRUZADAS SpA, Rol Único Tributario N° 99.594.530-4, inscrita a fojas 91, número 72 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Quillota correspondiente al 2005, por unanimidad acordaron lo siguiente: I.- División Social: Se acordó dividir la sociedad AGRÍCOLA LAS CRUZADAS SpA en dos sociedades distintas, mediante la distribución de su patrimonio entre la continuadora legal que mantendrá su misma razón social, objeto social y rol único tributario y constituyéndose al efecto una nueva sociedad por acciones denominada “AGRÍCOLA EL CHEUQUE SpA” cuyos estatutos se extractan por separado. II.- Disminución de Capital: Como consecuencia de la división, se acordó disminuir el capital de la sociedad AGRÍCOLA LAS CRUZADAS SpA, sin cancelación de acciones, a la suma final de $124.771.-, dividido en 204.570 acciones nominativas, iguales, de la misma serie y sin valor nominal. III.- Modificaciones Estatutarias: en virtud de lo anterior, se acordó modificar el estatuto social reemplazando íntegramente los Artículos Quinto y Primero Transitorio por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de 124.771 pesos, dividido en 204.570 acciones nominativas, iguales, de la misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en el artículo primero transitorio”; “Artículo Primero Transitorio: El capital social ascendiente a la cantidad de 124.771 pesos, dividido en 204.570 acciones nominativas, iguales, de la misma serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y totalmente pagado, de la siguiente forma: a) doña BETINA MARÍA WOLFF GOPFERT suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha, doscientas mil ciento veintidós acciones; b) don ROBERT WALTER RIEGEL WOLFF suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha, mil ciento doce acciones; c) doña VERONICA BETTINA RIEGEL WOLFF suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha, mil ciento doce acciones; d) doña STEFFANIE GABRIELA RIEGEL WOLFF suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha, mil ciento doce acciones; y e) doña DANIELA CRISTINA RIEGEL WOLFF suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha, mil ciento doce acciones. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha”. Asistieron la totalidad de los accionistas, conforme al Registro de Accionistas que tuve a la vista y que devuelvo al interesado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, no son materia de extracto. Santiago, 19 de Febrero 2025. R. Sotomayor. G. Notario Público Interino.