Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2025
- Repertorio
- 2323-2025
- Notario
- JOSÉ TOMÁS FABRES BORDEU
- Oficio
- 41ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será dedicarse, por cuenta propia o de terceros y)o asociada a terceros en el país y en el exterior, a las siguientes actividades: A.- La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades dentro o fuera del país: Compra, venta, importación, exportación comercialización y distribución de insumos industriales de seguridad, mantenimiento y reparaciones, así como equipos para el manejo de materiales tales como cintas/bandas, transportadoras, montacargas, grúas, aplicaciones manipuladoras de materiales, y similares. Además, de todo tipo productos que se requieran relacionados a esta área. Incluyendo el mantenimiento y)o supervisión y la tercerización de la actividad de gestión de compras. B.- Compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de ítems MRO (mantenimiento, reparación y operación) incluyendo, pero no limitado a materiales y servicios relacionados con equipos y partes de transmisión de potencia, fluidos, herramientas, equipos eléctricos y elementos de seguridad industrial, a favor de terceros, bajo contratación directa y)o tercerización. C.- el asesoramiento y tercerización de gestión en compras, manejo y transporte de carga a favor de terceros, bajo contratación directa y)o tercerización. D.- La prestación de servicios administrativos, operativos y productivos en todas las áreas técnicas, tecnológicas y profesionales a personas naturales y)o jurídicas ya sean de derecho público o privado. E.- prestación de servicios de administración, asesorías y tercerización de gestión de compras, promoción, servicio al cliente y gestión de venta de insumos propios, de un socio, tercero o asociado a terceros, tanto a nivel nacional e internacional. Y en general, todas aquellas actividades comerciales e industriales relacionadas con el giro social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ TOMÁS FABRES BORDEU, Notario Público de la 41ª Notaría de Santiago, suplente del Titular don FÉLIX JARA CADOT, con oficio en Paseo Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2025, Repertorio N° 2323-2025, otorgada ante mí, don Patricio Alberto Montoya Barra, chileno, cédula de nacional de identidad número 8.827.566-7; y don Patricio Alejandro Montoya Inostroza, chileno, cédula de nacional de identidad número 18.115.046-7, ambos domiciliados para estos efecto Antonio Bellet número 444, oficina 504, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y constituyeron sociedad anónima cerrada. Razón social: “IDICO Chile S.A.” la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos e instituciones financieras u organismos públicos, con el nombre de fantasía de IDICO CHILE.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida.- Objeto: El objeto de la sociedad será dedicarse, por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros en el país y en el exterior, a las siguientes actividades: A.- La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades dentro o fuera del país: Compra, venta, importación, exportación comercialización y distribución de insumos industriales de seguridad, mantenimiento y reparaciones, así como equipos para el manejo de materiales tales como cintas/bandas, transportadoras, montacargas, grúas, aplicaciones manipuladoras de materiales, y similares. Además, de todo tipo productos que se requieran relacionados a esta área. Incluyendo el mantenimiento y/o supervisión y la tercerización de la actividad de gestión de compras. B.- Compra, venta, importación, exportación, comercialización y distribución de ítems MRO (mantenimiento, reparación y operación) incluyendo, pero no limitado a materiales y servicios relacionados con equipos y partes de transmisión de potencia, fluidos, herramientas, equipos eléctricos y elementos de seguridad industrial, a favor de terceros, bajo contratación directa y/o tercerización. C.- el asesoramiento y tercerización de gestión en compras, manejo y transporte de carga a favor de terceros, bajo contratación directa y/o tercerización. D.- La prestación de servicios administrativos, operativos y productivos en todas las áreas técnicas, tecnológicas y profesionales a personas naturales y/o jurídicas ya sean de derecho público o privado. E.- prestación de servicios de administración, asesorías y tercerización de gestión de compras, promoción, servicio al cliente y gestión de venta de insumos propios, de un socio, tercero o asociado a terceros, tanto a nivel nacional e internacional. Y en general, todas aquellas actividades comerciales e industriales relacionadas con el giro social. Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas o regiones del país o en el extranjero.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales.- Indicación del monto de capital suscrito y pagado: El capital social es la cantidad de cinco millones de pesos divididos en mil acciones sin valor nominal. La sociedad en este acto emite mil acciones, que son suscritas y pagadas en los siguientes términos: Uno) Patricio Alberto Montoya Barra suscribe novecientas treinta acciones, que paga al contado y en dinero efectivo en este acto, es decir, la suma de cuatro millones seiscientos cincuenta mil pesos. Dos) Don Patricio Alejandro Montoya Inostroza, suscribe setenta acciones que paga al contado y en dinero efectivo en este acto, es decir, la suma de trecientos cincuenta mil pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de Febrero de 2025. J. FABRES B.N.P.