CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES DI COMO SpA

CVE 2615179
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de febrero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de febrero de 2025
Repertorio
4022-2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por objeto efectuar inversiones en sociedades anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o de cualquier otra naturaleza, inversiones en instrumentos financieros y, en general, en cualquier tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado y Notario Público Titular de la 43° Notaria de Santiago, con oficio en calle huérfanos N°835, piso 18, comuna y cuidad de Santiago, certifico: Por escritura de fecha 06 de febrero de 2025, Repertorio N°4022-2025, ante mi suplente, don MAURICIO ESTEBAN LEVY GELDRES constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan: Nombre o Razón Social: INVERSIONES DI COMO SpA. Objeto: La sociedad tiene por objeto efectuar inversiones en sociedades anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o de cualquier otra naturaleza, inversiones en instrumentos financieros y, en general, en cualquier tipo de bienes, sean estos muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores. Domicilio: La Sociedad tendrá domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La Sociedad tendrá duración indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 de acciones nominativas, sin valor nominal. Cada acción dará derecho a un voto. La totalidad de las acciones en que se encuentra dividido el capital social se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio de estos Estatutos. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de febrero de 2025.