CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ARTAUD LIMITADA

CVE 2615144
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2024
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de constitución de la misma, y se prorrogará tácitamente por períodos de 5 años cada uno

Objeto social

El objeto de la sociedad será: Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y)o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar todos los actos y contratos que sean necesarios para la obtención de su fin

Administración

La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don SERGIO ALDO DE PAOLI BOTTO quien actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, don Álvaro David González Salinas, con oficio en Avda. Apoquindo N°3001, piso 2, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2024, otorgada ante Notario Titular, doña ROMINA LYBIA DE PAOLI LÓPEZ, don SERGIO ALDO DE PAOLI BOTTO y doña MONICA CECILIA LÓPEZ ARAYA, todos domiciliados para estos efectos en calle Retén 954, Placilla de Peñuelas, Región de Valparaíso, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “INVERSIONES ARTAUD LIMITADA”, sin perjuicio de que para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre de fantasía “INVERSIONES ARTAUD LTDA”.- Objeto: El objeto de la sociedad será: Efectuar inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces y muebles, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar todos los actos y contratos que sean necesarios para la obtención de su fin.- Capital: El capital social es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran en dinero en efectivo de la siguiente forma: a) doña ROMINA LYBIA DE PAOLI LÓPEZ aporta la cantidad de $980.000, al contado y en dinero en efectivo, equivalente a un 98% del capital social, íntegramente pagado y enterado en este acto a la caja social; b) don SERGIO ALDO DE PAOLI BOTTO aporta la cantidad de $10.000, al contado y en dinero en efectivo, equivalente a 1% del capital social, íntegramente pagado y enterado en este acto a la caja social. c) doña MÓNICA CECILIA LÓPEZ ARAYA aporta la cantidad de $10.000, al contado y en dinero en efectivo, equivalente a 1% del capital social, íntegramente pagado y enterado en este acto a la caja social. El capital social se encuentra completamente enterado y pagado. - Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don SERGIO ALDO DE PAOLI BOTTO quien actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración.- Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de constitución de la misma, y se prorrogará tácitamente por períodos de 5 años cada uno.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2025.