Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 11375-2024
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $139.786 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Gertrudis Echenique número 30, oficina 302, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, repertorio 11.375-2024 otorgada ante mí, José Ramón Gutiérrez Arrivillaga, Mónica del Pedregal Labbé, José Ramón Gutiérrez del Pedregal, José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, Matías Gutiérrez del Pedregal, Diego Gutiérrez del Pedregal, Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal, y Santa Mónica de Inversiones Limitada, todos domiciliados para estos efectos en calle La Grulla número 3923, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de socios de Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, Rol Único Tributario Número 96.669.890-K, inscrita a fojas 8870, número 7343 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993, y Mónica del Pedregal Labbé, José Ramón Gutiérrez del Pedregal, José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, Matías Gutiérrez del Pedregal, Diego Gutiérrez del Pedregal e Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal, todos domiciliados para estos efectos en calle La Grulla número 3923, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de socios de Santa Mónica de Inversiones Limitada, Rol Único Tributario Número 77.104.080-2, inscrita a fojas 26285, número 21280 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1997, acordaron: 1) Fusionar dichas sociedades en una sola sociedad, fusión por incorporación que se efectúa absorbiendo Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada a Santa Mónica de Inversiones Limitada, disolviéndose esta última sin proceder a su liquidación, por cuanto es sucedida en todos sus derechos, y obligaciones por Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada. 2) Como consecuencia de dicha fusión, se aumenta el capital social de Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, que a esta fecha asciende a $139.786.905 en la suma de $515.624, correspondiente al capital social de la sociedad absorbida, para posteriormente disminuirse en la suma de $615.062, correspondiente a la participación de la sociedad Absorbida en la sociedad Absorbente; quedando el capital social de Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada en la suma de $139.687.467. 3) Modificar el artículo Cuarto de los estatutos sociales de Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, relativo al capital social, por el siguiente tenor: “Cuarto: El capital social es la cantidad de ciento treinta y nueve millones seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos sesenta y siete pesos, el cual se encuentra íntegramente aportado y pagado, y pertenece en un ochenta y siete coma siete cuatro seis por ciento a don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga; en un siete coma dos tres cuatro por ciento a doña Mónica del Pedregal Labbé; en un uno coma cero cero cuatro por ciento a don José Ramón Gutiérrez del Pedregal; en un uno coma cero cero cuatro por ciento a don José Ignacio Gutiérrez del Pedregal; en un uno coma cero cero cuatro por ciento a don Matías Gutiérrez del Pedregal; en un uno coma cero cero cuatro por ciento a don Diego Gutiérrez del Pedregal; y en un uno coma cero cero cuatro por ciento a doña Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal.” Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada. Santiago, 20 de febrero de 2025. Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino.