MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Exportadora Aldunate Limitada

RUT 79591060-3 CVE 2614919
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Titular de la 2° Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número 1201, local 101, certifica: Que por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2024, ante el Notario Titular, comparecen: 1) don Fernando Debesa Aldunate y doña María Josefina Debesa Bulnes, ambos por si y en su calidad de actuales y únicos socios de “EXPORTADORA ALDUNATE LIMITADA”, inscrita a fojas 13.750 N°7.088 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1985; don Fernando Debesa Aldunate por sí, y en representación de sociedad Agrícola El Durazno Limitada, en su calidad de actuales y únicos socios de “Comercial Alduna Limitada”, inscrita a fojas 148 N°153 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 1986; doña María Debesa Aldunate, y don Ignacio Debesa Bulnes ambos por si y en su calidad de actuales y únicos socios de “Agrícola Santa María del Molino Limitada”, inscrita a fojas 193 vuelta N°127 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 1981; doña Adriana Debesa Aldunate, y don Fernando Debesa Aldunate, ambos por si y en su calidad de actuales y únicos socios de Sociedad Exportadora Alduna Limitada, reinscrita a fojas 80 N°55 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Doñihue del año 2021; todos domiciliados para estos efectos en Fundo San Carlos sin número, comuna de Coltauco, Región del Libertador Bernardo O`Higgins. Modificaciones consisten en: (I) FUSIÓN POR INCORPORACIÓN DE AGRÍCOLA SANTA MARÍA DEL MOLINO, SOCIEDAD EXPORTADORA ALDUNA LIMITADA, Y COMERCIAL ALDUNA LIMITADA EN EXPORTADORA ALDUNATE LIMITADA: se acuerda la fusión por incorporación de Exportadora Aldunate Limitada con Agrícola Santa María Del Molino, Sociedad Exportadora Alduna Limitada, y Comercial Alduna Limitada, siendo estas últimas sociedades las que serán absorbidas por la sociedad Exportadora Aldunate Limitada, mediante la incorporación de todos sus activos y pasivos, a valores financieros, al patrimonio de Exportadora Aldunate Limitada, que su vez, será la sucesora legal de las sociedades absorbidas. Producto de la fusión se disuelven las sociedades Agrícola Santa María Del Molino, Sociedad Exportadora Alduna Limitada, y Comercial Alduna Limitada, sin que proceda su liquidación, haciéndose Exportadora Aldunate Limitada cargo de todas las deudas y obligaciones de las sociedades absorbidas. (II) AUMENTO DE CAPITAL: Como consecuencia de la fusión acordada se aumentó el capital social de Exportadora Aldunate Limitada de $3.000.000.-, en la suma de $21.000.000.-, con lo cual el capital quedará fijado en la suma de $24.000.000-. (III) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: los únicos y actuales socios de Exportadora Aldunate Limitada, a saber, don Fernando Debesa Alduante, doña María Josefina Debesa Bulnes, sociedad Agrícola El Durazno Limitada, doña María Debesa Aldunate, don Ignacio Debesa Bulnes y doña Adriana Debesa Bulnes; acuerdan modificar la cláusula Séptima de los estatutos sociales por la siguiente: CLÁUSULA SÉPTIMA. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $24.000.000.-, que los socios han suscrito y pagado de la siguiente forma: Uno) Doña María Josefina Debesa Bulnes, aportó la suma de $30.000, que corresponde a un 0,125% de participación en el capital social; Dos) Doña María Debesa Aldunate, aportó la suma de $9.000.000, que corresponde a un 37,5% por ciento de participación en el capital social; Tres) Don Ignacio Debesa Bulnes, aportó la suma $9.000.000, que corresponde a un 37,5% por ciento de participación en el capital social; Cuatro) Doña Adriana Debesa Aldunate, aportó la suma $1.000.000, que corresponde a un 4,166% de participación en el capital social; Cinco) Agrícola el Durazno Limitada, aportó la suma de $980.000, que corresponde a un 4,083% de participación en el capital social; y Seis) don Fernando Debesa Aldunate aportó la suma de $3.990.000, que corresponde a un 16,625% de participación en el capital social. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de febrero de 2025.