CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ROOTSCAMPERS SpA

CVE 2614346
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
17 de febrero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2025
Repertorio
5668-2025
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades: (a) Desarrollo, administración y operación de plataformas digitales tipo marketplace, destinadas a la publicación, promoción y arrendamiento de vehículos recreativos, campers, casas rodantes y afines; (b) Confección de herramientas de comunicación y gestión para facilitar las transacciones, incluyendo sistemas de pago seguros y funcionalidades de calificación y reseña de servicios; (c) Prestaciones de servicios tecnológicos, de desarrollo y mantenimiento de software; (d) Comercialización, venta, distribución y licenciamiento de software; (e) Diseño y ejecución de campañas de marketing digital; (f) Comercialización y venta de seguros, soporte técnico y otros servicios complementarios para los vehículos; (g) Arrendar, subarrendar y dar en arrendamiento vehículos recreativos, como autocaravanas y furgonetas camper; y (h) Cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con el giro principal de la Sociedad, que derive de él, lo complemente o sea una consecuencia del mismo, y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3001, piso 2, certifico: que, por escritura pública de fecha 17 de Febrero de 2025, bajo el repertorio N° 5.668-2025, ante mí: Don IGNACIO ANDRÉS CODINA PINO, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: Por este acto se constituye una sociedad por acciones denominada “ROOTSCAMPERS SpA”. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias, establecimientos, sucursales u oficinas en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades: (a) Desarrollo, administración y operación de plataformas digitales tipo marketplace, destinadas a la publicación, promoción y arrendamiento de vehículos recreativos, campers, casas rodantes y afines; (b) Confección de herramientas de comunicación y gestión para facilitar las transacciones, incluyendo sistemas de pago seguros y funcionalidades de calificación y reseña de servicios; (c) Prestaciones de servicios tecnológicos, de desarrollo y mantenimiento de software; (d) Comercialización, venta, distribución y licenciamiento de software; (e) Diseño y ejecución de campañas de marketing digital; (f) Comercialización y venta de seguros, soporte técnico y otros servicios complementarios para los vehículos; (g) Arrendar, subarrendar y dar en arrendamiento vehículos recreativos, como autocaravanas y furgonetas camper; y (h) Cualquier otra actividad o negocio lícito relacionado con el giro principal de la Sociedad, que derive de él, lo complemente o sea una consecuencia del mismo, y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000 dividido en cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el que se suscribe y paga de la siguiente manera: IGNACIO ANDRÉS CODINA PINO suscribe la cantidad de cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a cinco millones de pesos, las que son pagadas y enteradas a la caja social en dinero en efectivo en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de Febrero de 2025.-