SANTA MARÍA INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don IGNACIO LARRAIN MOREL, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre del año 2024, ante mí, comparecen: i) don IGNACIO LARRAIN MOREL, cédula de identidad número 12.468.760-8; ii) doña BLANCA FERNÁNDEZ DE CASTRO PEÑAFIEL, cédula de identidad número 12.083.063-5; iii) don JUAN IGNACIO LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO, cédula nacional de identidad número 20.443.823-4; iii) doña BLANCA LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO, cédula nacional de identidad número 21.364.948-5; y, iv) doña MARÍA LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO, cédula nacional de identidad número 21.831.238-1, todos domiciliados para estos efectos calle Los Oleandros número 910, Comuna de Las Condes; quienes en calidad de actuales y únicos accionistas, según registro de Accionistas tenido a la vista, acordaron la transformación de la sociedad SANTA MARÍA INVERSIONES SpA inscrita a fojas 108.972 número 43.838 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2024, en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos quedan del siguiente tenor: I. Razón Social: El nombre o razón social será SANTA MARÍA INVERSIONES LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía “SANTA MARÍA LTDA”.- II. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: A) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan. B) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de título o valores mobiliarios. C) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades. Además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto.- III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero.- IV. Duración: La duración de la sociedad será de cuarenta años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de 300.000 pesos, los cuales fueron pagados por sus socios con anterioridad a este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don IGNACIO LARRAIN MOREL con 60.000 pesos, equivalentes al 20 por ciento del capital y los derechos sociales; ii) doña BLANCA FERNÁNDEZ DE CASTRO PEÑAFIEL con 60.000 pesos, equivalentes al 20 por ciento del capital y los derechos sociales; iii) don JUAN IGNACIO LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO con 60.000 pesos, equivalentes al 20 por ciento del capital y los derechos sociales; iv) doña BLANCA LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO con 60.000 pesos, equivalentes al 20 por ciento del capital y los derechos sociales; y, v) doña MARÍA LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO con 60.000 pesos, equivalentes al 20 por ciento del capital y los derechos sociales.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don IGNACIO LARRAIN MOREL, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de don IGNACIO LARRAIN MOREL, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a doña BLANCA FERNÁNDEZ DE CASTRO PEÑAFIEL, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de doña BLANCA FERNÁNDEZ DE CASTRO PEÑAFIEL, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá conjuntamente dos cualquiera de los otros socios, estos son: don JUAN IGNACIO LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO, doña BLANCA LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO y doña MARÍA LARRAÍN FERNANDEZ DE CASTRO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 10 de febrero 2025.-