LINXERGY SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2025
- Notario
- Francisca Javiera Almendares Hoch
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $500.099.999 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La generación eléctrica y la comercialización de la misma, incluyendo aunque no taxativamente, la compra y venta de energía eléctrica, así como la realización de todo tipo de acto o contrato que verse sobre la gestión del riesgo del precio de la misma y las demás actividades complementarias que determinen sus
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Inversiones Danco Limitada | socio | 76957412-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisca Javiera Almendares Hoch, Notario Público de la Segunda Notaría de Vitacura, Suplente del Titular Luis Alberto Maldonado Concha, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea N°3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 5 de febrero de 2025, repertorio número 385-2025, Inversiones Danco Limitada, RUT N° 76.957.412-3; e Inversiones Nice SpA constituyeron sociedad por acciones, cuyas principales cláusulas extracto: Nombre: “LINXERGY SpA”. Objeto: La generación eléctrica y la comercialización de la misma, incluyendo aunque no taxativamente, la compra y venta de energía eléctrica, así como la realización de todo tipo de acto o contrato que verse sobre la gestión del riesgo del precio de la misma y las demás actividades complementarias que determinen sus accionistas. La sociedad podrá actuar por cuenta propia o de terceros, en el territorio nacional o en el extranjero. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales que establezca en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $500.099.999.- repartidos en 10.000 acciones sin valor nominal, 7.750 acciones de la serie ordinaria y 2.250 acciones de la serie A, sujetas a las cargas que se indican en estatutos sociales y suscritas y pagadas como se señala en los artículos transitorios. Vitacura, 13 de febrero de 2025.